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27 de Junio de 1980

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA SECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA

Resolución 38/2018

Ciudad de Buenos Aires, 21/06/2018

VISTO el Expediente N° EX-2018-23960952--APN-DGD#MA del Registro del MINISTERIO AGROINDUSTRIA, la Ley N° 26.967, las Resoluciones Nros. 392 de fecha 19 de mayo de 2005 y 146 de fecha 5 de abril de 2006 ambas de la ex- SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 26.967, se creó el Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL”, y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, establecido por la Resolución N° 392 de fecha 19 de mayo de 2005 de la ex- SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN .

Que en virtud de la mencionada ley, se concede al solicitante el derecho de uso sin exclusividad del sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE” por el plazo de DOS (2) años contados desde la fecha de publicación de cada acto administrativo, exclusivamente para diferenciar aquellos productos que en cada caso se establece.

Que de conformidad con lo establecido por dicha ley y por la citada Resolución N° 392/05, las renovaciones sucesivas del derecho de uso de dicho Sello serán en idéntico carácter y por igual período de tiempo.

Que por la Resolución N° 146 de fecha 5 de abril de 2006 de la ex- SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, se aprobó el Protocolo de Calidad para el producto “PASAS DE UVA”.

Que por la Resolución N° 40 de fecha 13 de mayo de 2016 de la ex-SECRETARÍA DE AGREGADO DE VALOR del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, se prorrogó el derecho de uso sin exclusividad del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE” a la empresa AGRÍCOLA COMERCIAL SÁNCHEZ SÁNCHEZ SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (C.U.I.T. N° 30-55584098-1), con Registro Nacional de Establecimiento Nº 18.000.214, ubicado en Ruta Nacional N° 20, N° 5303 de la Localidad de Santa Lucía, Provincia de SAN JUAN, otorgado por el Servicio Provincial de Salud, del entonces MINISTERIO DE ASUNTOS SOCIALES de la Provincia de SAN JUAN, para el producto “PASAS DE UVA”, para las marcas “PASAMAR” y “CALLE MAYOR”, en las variedades “SULTANINA”, “SUPERIOR”, “FLAME” y “MOSCATEL”.

Que el solicitante ha cumplimentado con todos los recaudos y condiciones generales y particulares requeridas por la citada Ley N° 26.967 y las mencionadas Resoluciones Nros. 392/05 y 146/06 para la renovación del derecho de uso del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”.

Que debido a las directivas impartidas por el Gobierno Nacional en materia de contención del gasto público, la presente medida no implicará costo fiscal alguno.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para resolver en esta instancia de acuerdo a las facultades conferidas por el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Prorrógase el contrato de cesión temporal y renuévase el derecho de uso sin exclusividad del sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE” a la empresa AGRÍCOLA COMERCIAL SÁNCHEZ SÁNCHEZ SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (C.U.I.T. N° 30-55584098-1), Registro Nacional de Establecimiento Nº 18.000.214, ubicado en Ruta Nacional N° 20, N° 5303 de la Localidad de Santa Lucía, Provincia de SAN JUAN, otorgado por el Servicio Provincial de Salud, del entonces MINISTERIO DE ASUNTOS SOCIALES de la Provincia de SAN JUAN, para el producto “PASAS DE UVAS”, para las marcas “PASAMAR” y “CALLE MAYOR”, en las siguientes variedades: “SULTANINA” Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) N° 18.000.956, “SUPERIOR” Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) N° 18.004.882, “FLAME” Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) N° 18.006.133, “MOSCATEL” Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) N° 18.004.500, “SUPERIOR” Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) N° 18.004.881 y “SULTANINA” Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) N° 18.004.501, emitidos por la entonces SECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA de la Provincia de SAN JUAN.

ARTÍCULO 2°.- La renovación del derecho de uso del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE” se acuerda por el plazo de DOS (2) años contados a partir del 13 de mayo de 2018, debiendo el cesionario cumplimentar durante la vigencia del derecho de uso del referido Sello con todos los recaudos, requisitos, obligaciones y condiciones generales y particulares exigidos por la Ley N° 26.967, la Resolución N° 392 de fecha 19 de mayo de 2005 y por la Resolución N° 146 de fecha 5 de abril de 2006, ambas de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. William Andrew Murchison

e. 25/06/2018 N° 45164/18 v. 25/06/2018

Fecha de publicación 25/06/2018