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31 de Agosto de 2021

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Disposición 161/2018

Ciudad de Buenos Aires, 22/06/2018

VISTO las Actuaciones SIGEA N° 12128-10-2018, 12817-14306-2017 y 12115-9-2017 del Registro de esta ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Actuación SIGEA N° 12128-10-2018, la Subdirección General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas, solicita la modificación de su estructura organizativa en virtud de la puesta en vigencia de la Disposición N° DI-2017-356-APN-AFIP, la cual establece que la citada Subdirección General quede comprendida en el Régimen Económico Financiero como Unidad con Capacidad de Contratación.

Que, en virtud de lo expresado, se propone la creación de un área en el ámbito de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas, que concentre las competencias mencionadas y preste servicio a las Aduanas de su jurisdicción.

Que mediante la Actuación SIGEA N° 12817-14306-2017, la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior, solicita la adecuación de la jurisdicción de la Aduana de Río Grande, dependiente de la Dirección Regional Aduanera Patagónica, en atención al dictado de la Ley Provincial N° 1186 que modifica la división política de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.

Que, por otra parte, mediante la Actuación SIGEA N° 12115-9-2017 la Dirección de Técnica, existente en el ámbito de la Subdirección General Técnico Legal Aduanera, propone la redistribución de las unidades que le dependen para un mejor cumplimiento de las funciones a su cargo.

Que, en tal sentido, la Dirección de Gestión Organizacional y el Comité de Análisis de Estructura Organizacional han tomado la intervención que resulta de sus competencias.

Que han tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Operaciones Aduaneras Metropolitanas, Operaciones Aduaneras del Interior y Técnico Legal Aduanera y la Dirección General de Aduanas.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 6° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Crear UNA (1) unidad orgánica con nivel de División denominada “Servicio Administrativo Integrado”, dependiente de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas, existente en el ámbito de la Dirección General de Aduanas.

ARTÍCULO 2°.- Determinar que la Sección denominada “Despacho y Gestión”, dependiente de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas, pase a denominarse “Gestión de Recursos” y a depender de la División Servicio Administrativo Integrado.

ARTÍCULO 3°.- Crear UNA (1) unidad orgánica con nivel de Sección denominada “Contabilidad y Logística”, dependiente de la División Servicio Administrativo Integrado.

ARTÍCULO 4°.- Establecer para las Aduanas de Río Grande y Ushuaia, dependientes de la Dirección Regional Aduanera Patagónica, el siguiente ámbito jurisdiccional:

ADUANA DE RÍO GRANDE: Dptos. Río Grande y Tolhuin (Pcia. de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur).

ADUANA DE USHUAIA: Dptos. Ushuaia, Islas del Atlántico Sur y Antártida Argentina (Pcia. De Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur).

ARTÍCULO 5°.- Determinar que la Sección denominada “Regímenes Generales” dependiente de la División Evaluación y Desarrollo Normativo del Departamento Técnica de Importación, existente en el ámbito de la Dirección de Técnica de la Subdirección General Técnico Legal Aduanera, pase a denominarse “Regímenes Generales y Especiales”, manteniendo idéntica dependencia jerárquica.

ARTÍCULO 6°.- Determinar que la Sección denominada “Regímenes Especiales” dependiente de la División Evaluación y Desarrollo Normativo del Departamento Técnica de Importación, pase a denominarse “Autorizaciones Especiales” y a depender de la División Técnica, existente en el ámbito del mencionado Departamento.

ARTÍCULO 7°.- Determinar que la División denominada “Cupos de Origen”, dependiente del Departamento Técnica de Importación, pase a depender del Departamento Técnica de Nomenclatura y Clasificación Arancelaria, existente en el ámbito de la Dirección de Técnica.

ARTÍCULO 8°.- Determinar que la Sección denominada “Regímenes Generales” dependiente de la División Evaluación y Desarrollo Normativo del Departamento Técnica de Exportación, existente en el ámbito de la Dirección de Técnica, pase a denominarse “Regímenes Generales y Especiales, manteniendo idéntica dependencia jerárquica.

ARTÍCULO 9°.- Determinar que la Sección denominada “Regímenes Especiales” dependiente de la División Evaluación y Desarrollo Normativo del Departamento Técnica de Exportación, pase a denominarse “Autorizaciones Especiales” y a depender de la División Técnica, existente en el ámbito del mencionado Departamento.

ARTÍCULO 10.- Determinar que las Secciones denominadas “Clasificación” y “Antecedentes e Informes”, dependientes de la División Clasificación Arancelaria del Departamento Técnica de Nomenclatura y Clasificación Arancelaria, existente en el ámbito de la Dirección de Técnica, pasen a denominarse “Clasificación A” y “Clasificación B”, manteniendo idéntica dependencia jerárquica.

ARTÍCULO 11.- Reemplazar en la estructura organizativa los Anexos A14 ( IF-2018-00060735- AFIP-DVCOTA#SDGCTI), A21( IF-2018-00060737-AFIP-DVCOTA#SDGCTI) y, en la parte pertinente, los Anexos B14 (IF-2018-00060738-AFIP-DVCOTA#SDGCTI), B21 (IF-2018-00060740-AFIP-DVCOTA#SDGCTI) y J (IF-2018-00060743-AFIP-DVCOTA#SDGCTI) correspondiente a las jurisdicciones operativas de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior, por los que se aprueban por la presente.

ARTÍCULO 12.- La presente Disposición entrará en vigencia a partir de los VEINTE (20) días corridos, contados desde el día de su suscripción.

ARTÍCULO 13.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Leandro German Cuccioli

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 25/06/2018 N° 45385/18 v. 25/06/2018

Fecha de publicación 25/06/2018