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13 de Noviembre de 2019

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS - DIVISIÓN ADUANA DE SANTO TOMÉ

EDICTO DE NOTIFICACION (ART. 1013 INC.“H” COD. ADUANERO)

Atento el estado de las presentes actuaciones y conforme constancias en autos por las que demuestran que habiéndose practicado notificación no se ha presentado de persona alguna a estar a derecho en estos autos a fin de evacuar la vista conferida por lo cual se resuelve DECLARAR REBELDES a las firmas y/o personas físicas que se detallan, conforme lo estatuido por el art. 1105 del Código Aduanero. Tener por constituido el domicilio a los efectos legales, en esta sede aduanera, donde quedará notificado de pleno derecho de todas las providencias y resoluciones que se dictaren en el presente en la forma prevista en el art. 1013 inc. g) del ordenamiento legal citado. Atento no haberse ofrecido elementos que hagan a la defensa del imputado, no aperturar la causa a prueba. Por este mismo acto se informa al administrado que dentro del perentorio plazo de tres (3) días hábiles administrativos, contados a partir de la notificación del presente, podrá interponer contra éste acto administrativo RECURSO DE REVOCATORIA, de conformidad a lo estatuido en el CODIGO ADUANERO - TITULO III - RECURSOS - CAPITULO PRIMERO - Arts. 1129/1130 bajo apercibimiento que para el caso de no hacerlo, en la forma y plazo señalado el presente acto causará ejecutoria (Art. 1131 del C.A.).

S.C.ActuaciónCAUSANTE
NOMBRE Y APELLIDOD.N.I
26-2018/K12317-59-2017FRUTOS DANIEL ADRIAN24723431
31-2018/812317-141-2017DUARTE JORGE GERMAN29138538

SANTO TOMÉ, 18 DE MAYO DE 2018.

Juan A. Enrique, Administrador, División Aduana Santo Tomé.

e. 25/06/2018 N° 44969/18 v. 25/06/2018

Fecha de publicación 25/06/2018