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PERSONAL MILITAR

Decreto 592/2018

Nómbrase en misión permanente Agregado Militar.

Ciudad de Buenos Aires, 26/06/2018

VISTO el Expediente N° EX-2017-03061224-APN-DPM#EA, lo informado por el señor Jefe del ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO y lo propuesto por el señor Ministro de Defensa, y

CONSIDERANDO:

Que es necesario designar en comisión permanente, a partir de la firma del presente Decreto y por el término de SETECIENTOS SESENTA (760) días, a UN (1) Oficial Superior perteneciente al EJÉRCITO ARGENTINO, para que se desempeñe como Agregado Militar, a la Embajada de la REPÚBLICA ARGENTINA en la Ciudad de LIMA, REPÚBLICA DEL PERÚ.

Que el MINISTERIO DE DEFENSA seleccionó al Coronel de Caballería D. Patricio Alejandro SZTYRLE (D.N.I. Nº 17.846.532), para que desempeñe la citada función.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la intervención que le compete.

Que la medida propuesta se dicta en virtud de las atribuciones conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por el artículo 10 de la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957 y sus modificatorias.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Nómbrase en Misión Permanente y por el término de SETECIENTOS SESENTA (760) días, dentro de los SESENTA (60) días de la firma del presente Decreto, al Coronel de Caballería D. Patricio Alejandro SZTYRLE (D.N.I. Nº 17.846.532), para que se desempeñe como Agregado Militar, a la Embajada de la REPÚBLICA ARGENTINA en la Ciudad de LIMA, REPÚBLICA DEL PERÚ.

ARTÍCULO 2º.- El ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO (Contaduría General del Ejército), procederá a liquidar y abonar los montos correspondientes, conforme a las normas y reglamentaciones en vigencia, a efectos de cumplir con la designación establecida.

ARTÍCULO 3º.- Los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto serán imputados a las partidas del Presupuesto de la Administración Nacional del Ejercicio 2018 y a los créditos que a tal efecto se prevean para los años sucesivos, JURISDICCIÓN 4521, ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO.

ARTÍCULO 4º.- Por la DIRECCIÓN NACIONAL DE CEREMONIAL se otorgará el pasaporte correspondiente.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI - Oscar R. Aguad - Jorge Marcelo Faurie

e. 27/06/2018 N° 45964/18 v. 27/06/2018

Fecha de publicación 27/06/2018