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BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación “A” 6508/2018

14/05/2018

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Ref.: Circular REMON 1 – 941. Efectivo mínimo. Adecuación.

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la resolución que, en su parte pertinente, dispone:

“- Establecer que, para el período mayo/julio de 2018, la exigencia e integración del efectivo mínimo en pesos se observará sobre el promedio que surja de dividir la suma de los saldos diarios de los conceptos comprendidos registrados durante ese lapso por la cantidad total de días del trimestre.

Para determinar la exigencia, en la posición trimestral se considerará la estructura de plazos residuales de abril y en agosto la correspondiente a julio.

Respecto de la citada posición trimestral resultan de aplicación las disposiciones vigentes con carácter general sobre traslado de exigencia a que se refiere el punto 1.7. de las normas sobre “Efectivo mínimo”.

No se requerirá la integración mínima diaria en pesos durante el mes de mayo de 2018.”

Asimismo, les informamos que posteriormente les haremos llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponderá incorporar en las normas de la referencia.

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Dario C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas - Agustin Torcassi, Subgerente General de Normas.

e. 29/06/2018 N° 46333/18 v. 29/06/2018

Fecha de publicación 29/06/2018