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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decreto 605/2018

Recházase recurso.

Ciudad de Buenos Aires, 29/06/2018

VISTO el Expediente N° EX-2017-06575536-APN-DDYME#JGM, las Resoluciones de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 923 del 27 de julio de 2015 y N° 109 del 10 de mayo de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramita el recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio, interpuesto por el postulante D. Alberto Santos CAPRA (D.N.I. N° 20.053.683) contra la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 923/15, por la cual se aprobó el Orden de Mérito elevado por el Comité de Selección N° 1 correspondiente al cargo “Profesional Experto en control y Fiscalización Ambiental y Prevención de la Contaminación” perteneciente a la Planta Permanente de la ex – SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE.

Que por Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 109/16, se desestimó el recurso de reconsideración interpuesto por el causante, no encontrándose razón suficiente para modificar los resultados del proceso concursal mencionado.

Que se le hizo saber al recurrente de su derecho de mejorar o ampliar los fundamentos de su recurso jerárquico interpuesto en subsidio, en los términos del artículo 88 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 – T.O. 2017.

Que si bien el recurrente amplió los fundamentos referidos, no aportó nuevos elementos de juicio que permitan conmover el criterio sustentado en oportunidad de dictarse el acto atacado.

Que habiéndose dado cumplimiento al procedimiento que en materia recursiva prevé el citado reglamento, corresponde rechazar el recurso jerárquico interpuesto en subsidio.

Que tomaron la intervención que les compete la DIRECCIÓN DE INTERPRETACIÓN Y ASISTENCIA NORMATIVA y la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES Y FORTALECIMIENTO DEL SERVICIO CIVIL del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN

Que ha tomado intervención la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN, en los términos del artículo 92, segundo párrafo del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 90, segundo párrafo del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Recházase el recurso jerárquico en subsidio del de reconsideración interpuesto por el postulante D. Alberto Santos CAPRA (D.N.I. N° 20.053.683) contra la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 923/15.

ARTÍCULO 2°.- Hágase saber al recurrente que con el dictado de presente decreto queda agotada la vía administrativa, de conformidad con lo establecido por el artículo 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017, sin perjuicio de la posibilidad de interponer el recurso contemplado en su artículo 100.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI - Marcos Peña

e. 02/07/2018 N° 47090/18 v. 02/07/2018

Fecha de publicación 02/07/2018