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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES

Decisión Administrativa 1265/2018

Ciudad de Buenos Aires, 29/06/2018

VISTO el Expediente EX-2017-23363220-APN-GRHYL#IAF, la Ley N° 27.431, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios y 355 del 22 de mayo de 2017, las Decisiones Administrativas Nros. 1423 del 6 de diciembre de 2016 y 338 del 16 de marzo de 2018 y la Resolución del INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES N° 10.963 del 24 de enero de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.431 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018.

Que el Decreto N° 355/17 estableció, entre otras cuestiones, que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad a las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que por la Decisión Administrativa N° 1423/16 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE DEFENSA.

Que por la Resolución del INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES N° 10.963/17 se aprobaron las aperturas inferiores del INSTITUTO y se incorporó, homologó y reasignó en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes a ese INSTITUTO, entre ellos el cargo de Subgerente de Liquidaciones Judiciales con Función Ejecutiva Nivel III.

Que el INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES solicita la cobertura transitoria del cargo vacante y financiado de Subgerente de Liquidaciones Judiciales, dependiente de la Gerencia de Retiros y Pensiones, Nivel B - Grado 0 con Función Ejecutiva Nivel III, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios.

Que resulta necesario designar transitoriamente a la persona que se propone, a partir del 5 de septiembre de 2017, como Subgerente de Liquidaciones Judiciales, Nivel B – Grado 0, con Función Ejecutiva Nivel III.

Que la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado la intervención de su competencia, de acuerdo a lo establecido en el artículo 3° de la Decisión Administrativa N° 338/18.

Que los servicios permanentes de asesoramiento jurídico del INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES y del MINISTERIO DE DEFENSA han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y del artículo 2° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Desígnase, a partir del 5 de septiembre de 2017, con carácter transitorio por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida, en el cargo de Subgerente de Liquidaciones Judiciales dependiente de la Gerencia de Retiros y Pensiones del INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE DEFENSA, a la Doctora Da. Patricia Alejandra JEPPESEN (D.N.I. N° 14.188.281), Nivel B – Grado 0, Función Ejecutiva III, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel III.

ARTÍCULO 2º.- El cargo involucrado en el artículo 1° de la presente medida, deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del dictado de la presente medida.

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 45 – MINISTERIO DE DEFENSA – Entidad 470 - INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Oscar R. Aguad

e. 02/07/2018 N° 47029/18 v. 02/07/2018

Fecha de publicación 02/07/2018