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SERVICIO EXTERIOR

Decreto 612/2018

Establécese Representación Diplomática.

Ciudad de Buenos Aires, 02/07/2018

VISTO el Expediente Nº EX-2017-15104374-APN-DDMEAPYA#MRE, y

CONSIDERANDO:

Que por la Declaración Conjunta de fecha 27 de julio de 1993 se establecieron relaciones diplomáticas entre la REPÚBLICA ARGENTINA y los ESTADOS FEDERADOS DE MICRONESIA.

Que, desde entonces, no se ha asignado la concurrencia diplomática y la circunscripción consular de los ESTADOS FEDERADOS DE MICRONESIA a ninguna Representación Argentina.

Que el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, luego de realizadas las evaluaciones pertinentes, considera conveniente establecer la concurrencia diplomática ante los ESTADOS FEDERADOS DE MICRONESIA, en la Embajada de la República en JAPÓN.

Que en el mismo sentido, resulta necesario modificar la circunscripción consular de la Sección Consular de la Embajada de la República en JAPÓN, para que incorpore el territorio de los ESTADOS FEDERADOS DE MICRONESIA.

Que la asignación propuesta redundará en una mejor atención de las relaciones bilaterales entre la REPÚBLICA ARGENTINA y los ESTADOS FEDERADOS DE MICRONESIA, facilitando la promoción de los vínculos políticos, económicos y culturales.

Que los ESTADOS FEDERADOS DE MICRONESIA y JAPÓN han sido debidamente notificados de la intención de la REPÚBLICA ARGENTINA de ejercer la concurrencia diplomática con los ESTADOS FEDERADOS DE MICRONESIA desde la Embajada de la República en JAPÓN, conforme lo establecido en la CONVENCIÓN DE VIENA SOBRE RELACIONES DIPLOMÁTICAS de fecha 18 de abril de 1961 y la circunscripción consular con los ESTADOS FEDERADOS DE MICRONESIA desde la Sección Consular de la Embajada de la República en JAPÓN, conforme lo establecido en la CONVENCIÓN DE VIENA SOBRE RELACIONES CONSULARES, aprobadas por el Decreto Ley Nº 7672 de fecha 13 de septiembre de 1963 y la Ley Nº 17.081, respectivamente.

Que los ESTADOS FEDERADOS DE MICRONESIA y JAPÓN, luego de haber sido notificados en debida forma de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de la citada CONVENCIÓN DE VIENA SOBRE RELACIONES DIPLOMÁTICAS, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de la referida CONVENCIÓN DE VIENA SOBRE RELACIONES CONSULARES, no se han opuesto expresamente.

Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR y la SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO han tomado intervención en el ámbito de sus respectivas competencias.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Establécese la Representación Diplomática de la REPÚBLICA ARGENTINA ante los ESTADOS FEDERADOS DE MICRONESIA, asignándose tal función a la Embajada de la República en JAPÓN.

ARTÍCULO 2°.- Modifícase la circunscripción consular de la Sección Consular de la Embajada de la República en JAPÓN, la cual incorporará el territorio de los ESTADOS FEDERADOS DE MICRONESIA.

ARTÍCULO 3°.- Los gastos que demande el cumplimiento del presente decreto se imputarán a las respectivas partidas del presupuesto de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI - Jorge Marcelo Faurie

e. 03/07/2018 N° 47570/18 v. 03/07/2018

Fecha de publicación 03/07/2018