MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
Resolución 277/2018
Ciudad de Buenos Aires, 03/07/2018
VISTO el Expediente Nº EX-2018-24155183-APN-DGD#MP y la Ley Nº 24.331, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 24.331 se facultó al Poder Ejecutivo Nacional para crear en el territorio de cada provincia una zona franca.
Que el artículo 14 de la Ley Nº 24.331 establece que las provincias que adhieran a las previsiones de la mencionada ley, deberán constituir en el ámbito de la competencia del Poder Ejecutivo Provincial, en forma transitoria, una Comisión de Evaluación y Selección.
Que mediante los incisos c) y d) del citado artículo 14, se incluyó dentro del objeto de la mencionada Comisión el de llamar a Licitación Pública, Nacional e Internacional, para la concesión de la explotación de la zona franca, así como el de adjudicar dicha concesión con aprobación de la Autoridad de Aplicación.
Que mediante el Decreto N° 341 de fecha 8 de marzo de 1995 del Poder Ejecutivo de la Provincia del NEUQUÉN, se creó la Comisión de Evaluación y Selección de la Zona Franca Zapala.
Que por la Resolución N° 70 de fecha 2 de septiembre de 1996 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, se aprobó el Reglamento de Funcionamiento y Operación de la Zona Franca Zapala de la Provincia del NEUQUÉN.
Que por la Resolución N° 185 de fecha 9 de mayo de 2017 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, se hizo saber a la Comisión de Evaluación y Selección de la Zona Franca Zapala de la Provincia del NEUQUÉN que se encontraba habilitada para llamar a Licitación Pública, Nacional e Internacional, para la concesión de la explotación de la zona franca, de conformidad con el Reglamento de Funcionamiento y Operación de la Zona Franca Zapala.
Que mediante el Decreto N° 714 de fecha 10 de mayo de 2017 del Poder Ejecutivo de la Provincia del NEUQUÉN se llamó a Licitación Pública Nacional e Internacional para la concesión de la explotación de la Zona Franca Zapala, por un plazo de TREINTA (30) años, y se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones.
Que, asimismo, por el citado Decreto N° 714/17 del Poder Ejecutivo de la Provincia del NEUQUÉN se constituyó la Comisión de Evaluación y Selección de la Zona Franca Zapala, bajo la órbita del Ministerio de Producción y Turismo de dicha provincia.
Que la Comisión de Evaluación y Selección de la Zona Franca Zapala procedió a evaluar la única oferta presentada por el grupo integrado por las empresas SERVICIOS Y CONSULTORÍA S.A. (C.U.I.T. N° 30-70727332-8), ZONA FRANCA ZAPALA S.A. (C.U.I.T. N° 30-70243886-8), ARGENT PAT S.R.L. (C.U.I.T. N° 33-70243756-9), CODESIN S.A. (C.U.I.T. N° 30-64556835-0), PETRO NEU S.A. (C.U.I.T. N° 30-65545410-8) y M Y P FUNDACIONES ESPECIALES S.A. (C.U.I.T. N° 30-70861055-7), las cuales manifestaron que, de resultar adjudicatarias, se constituirán en una Unión Transitoria (UT).
Que mediante el Dictamen de Pre-adjudicación de la Zona Franca Zapala de fecha 13 de abril de 2018, la Comisión de Evaluación y Selección otorgó la precalificación al grupo oferente mencionado, recomendando su adjudicación.
Que por el Decreto N° 619 de fecha 17 de mayo de 2018 del Poder Ejecutivo de la Provincia del NEUQUÉN, se aprobó lo actuado por la Comisión de Evaluación y Selección en el marco de la Licitación Pública Nacional e Internacional, y se adjudicó la concesión para la explotación de la Zona Franca Zapala, con el objeto del gerenciamiento, operación y explotación comercial, técnica y logística, por un plazo de TREINTA (30) años, a ZONA FRANCA ZAPALA UT (en formación).
Que, en cumplimiento del artículo 14, inciso d) de la Ley Nº 24.331, la Comisión de Evaluación y Selección de la Zona Franca Zapala ha procedido a elevar a esta Autoridad de Aplicación las actuaciones, para la aprobación de la adjudicación de la mencionada zona franca.
Que la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ha analizado el proceso licitatorio, concluyendo que no existen dificultades de índole técnica para aprobar dicha adjudicación.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones, y el artículo 14, inciso d) de la Ley Nº 24.331.
Por ello,
EL MINISTRO DE PRODUCCIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase la adjudicación para la concesión de la explotación de la Zona Franca Zapala de la Provincia del NEUQUÉN, a favor del grupo conformado por SERVICIOS Y CONSULTORÍA S.A. (C.U.I.T. N° 30-70727332-8), ZONA FRANCA ZAPALA S.A. (C.U.I.T. N° 30-70243886-8), ARGENT PAT S.R.L. (C.U.I.T. N° 33-70243756-9), CODESIN S.A. (C.U.I.T. N° 30-64556835-0), PETRO NEU S.A. (C.U.I.T. N° 30-65545410-8) y M Y P FUNDACIONES ESPECIALES S.A. (C.U.I.T. N° 30-70861055-7), el que deberá constituirse en Unión Transitoria de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 10 del Pliego de Bases y Condiciones, aprobado por el Decreto N° 714 de fecha 10 de mayo de 2017 del Poder Ejecutivo de la Provincia del NEUQUÉN.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Dante Sica
e. 04/07/2018 N° 48006/18 v. 04/07/2018
Fecha de publicación 04/07/2018