ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución Sintetizada 4593/2018
RESOL-2018-4593-APN-ENACOM#MM - FECHA 28/6/2018 - ACTA 34
EXPCNC 6096/2013
El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Otorgar a la COOPERATIVA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, SOCIALES Y ASISTENCIALES VILLA FONTANA LIMITADA (C.U.I.T. N° 30-54574715-0), Licencia para la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, sea fijo o móvil, alámbrico o inalámbrico, nacional o internacional, con o sin infraestructura propia. 2 .- Inscribir a la COOPERATIVA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, SOCIALES Y ASISTENCIALES VILLA FONTANA LIMITADA, en el Registro de Servicios TIC- Servicio Valor Agregado-Acceso a Internet, previsto en el Artículo 8° del Reglamento de Licencias de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. 3 .- Notifíquese al interesada. 4 .- Comuníquese, publíquese. Firmado: Silvana Myriam Giudici, Presidenta, Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas
Silvana Beatriz Rizzi, Jefe de Área, Área Despacho, Ente Nacional de Comunicaciones.
e. 04/07/2018 N° 47674/18 v. 04/07/2018
Fecha de publicación 04/07/2018