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31 de Mayo de 1976

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ENERGÍA SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA

Disposición 12/2018

Ciudad de Buenos Aires, 11/07/2018

VISTO el Expediente N° EX-2018-19378014-APN-DGDO#MEM, y

CONSIDERANDO:

Que la firma NONOGASTA SOLAR SOCIEDAD ANÓNIMA (NONOGASTA SOLAR S.A.) mediante la Nota MEyM/MEI/IG/41389 del 19 de abril de 2018 informó el cambio del punto de conexión al SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXIÓN (SADI) del Parque Solar Nonogasta de TREINTA Y CINCO MEGAVATIOS (35 MW), indicado en el artículo 1° de la Resolución N° 617 del 1 de agosto de 2017 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.

Que el artículo 1° de la citada resolución indica que el Parque Solar Nonogasta se conectará al SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXIÓN (SADI) en barras de TRECE CON DOS DÉCIMOS KILOVOLTIOS (13,2 kV) de la Estación Transformadora Nonogasta, jurisdicción de la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DE LA RIOJA SOCIEDAD ANÓNIMA (EDELAR S.A.).

Que en la Nota MEyM/MEI/IG/41389, NONOGASTA SOLAR S.A. indicó que el punto de conexión al SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXIÓN (SADI) del Parque Solar Nonogasta es a través de la futura Estación Transformadora Nonogasta Solar, mediante la apertura de la Línea de Alta Tensión de CIENTO TREINTA Y DOS KILOVOLTIOS (132 kV) Nonogasta – Malligasta, jurisdicción de la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL NOROESTE ARGENTINO (TRANSNOA S.A.).

Que mediante la Nota B-115498-2 del 3 de mayo de 2018, obrante en el orden 5 del Expediente N° EX-2018-21522584-APN-DGDO#MEM que tramita conjuntamente con el expediente mencionado en el visto, la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) informó en forma coincidente con lo expresado en la Nota MEyM/MEI/IG/41389/2018 por NONOGASTA SOLAR S.A. en relación al punto de conexión al SADI del Parque Solar Nonogasta.

Que el correspondiente aviso se publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina Nº 33.878 del 28 de mayo de 2018, sin haberse recibido objeciones que impidan el dictado de la presente.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DE MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA de esta Subsecretaría ha tomado la intervención de su competencia.

Que por el artículo 11 de la Resolución N° 6 del 25 de enero de 2016 del ex MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA se delegaron en la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del citado ex Ministerio las facultades que fueran asignadas a la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, según los artículos 35, 36 y 37 de la Ley N° 24.065.

Que por el Decreto N° 174 del 2 de marzo de 2018 y sus modificarios se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría.

Que por el artículo 1° de la Resolución N° 64 del 6 de marzo de 2018 del ex MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA y su modificatoria, quedaron a cargo de esta Subsecretaría, entre otras, las facultades referidas por el citado artículo 11 de la Resolución N° 6/2016.

Que mediante el artículo 8° del Decreto Nº 575 del 21 de junio de 2018 se sustituyó la denominación de MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA por la de MINISTERIO DE ENERGÍA.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 35 y 36 de la Ley N° 24.065 y por el artículo 1° de la Resolución N° 64/2018 del ex MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA y su modificatoria.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE ENERGÍA ELÉCTRICA

DISPONE:

ARTÍCULO 1º - Sustitúyese el artículo 1° de la Resolución N° 617 del 1 de agosto de 2017 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA por el siguiente: “ARTÍCULO 1°.- Autorízase el ingreso como Agente Generador del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) a la firma NONOGASTA SOLAR SOCIEDAD ANÓNIMA para su Parque Solar Nonogasta de TREINTA Y CINCO MEGAVATIOS (35 MW) instalado en el Departamento Chilecito, Provincia de LA RIOJA, conectado al SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXIÓN (SADI) a través de la futura Estación Transformadora Nonogasta Solar, mediante la apertura de la Línea de Alta Tensión de CIENTO TREINTA Y DOS KILOVOLTIOS (132 kV) Nonogasta-Malligasta, jurisdicción de la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL NOROESTE ARGENTINO SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSNOA S.A.)”.

ARTÍCULO 2º - Notifíquese a NONOGASTA SOLAR S.A., a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA), a TRANSNOA S.A. y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en el ámbito de este Ministerio.

ARTÍCULO 3º - Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Juan Alberto Luchilo

e. 13/07/2018 N° 50147/18 v. 13/07/2018

Fecha de publicación 13/07/2018