Edición del
5 de Mayo de 2025

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE HACIENDA SECRETARÍA DE PARTICIPACIÓN PÚBLICO PRIVADA

Resolución 1/2018

RESOL-2018-1-APN-SPPP#MHA

Ciudad de Buenos Aires, 17/07/2018

Visto el expediente EX-2018-31640258-APN-DGD#MHA, la ley 27.328 y el decreto 118 del 17 de febrero de 2017 modificado por el decreto 936 del 14 de noviembre de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que en el inciso w del artículo 9° de la ley 27.328, se prevé que, a los efectos de dirimir las controversias de índole técnica, interpretativa o patrimonial que puedan suscitarse durante la ejecución y terminación de un contrato de participación público-privada, podrá constituirse un panel técnico a partir de la entrada en vigencia del contrato, integrado por profesionales y/o representantes de universidades nacionales o extranjeras, en todos los casos, de acreditada independencia, imparcialidad, idoneidad y trayectoria nacional e internacional en la materia, el que subsistirá durante todo el período de ejecución para dilucidar las cuestiones de tal naturaleza que se susciten entre las partes.

Que en el punto c) del apartado 13 del artículo 9° del anexo I del decreto 118 del 17 de febrero de 2017, se establece que los integrantes del panel técnico serán seleccionados por las partes entre aquellos profesionales universitarios en ingeniería, ciencias económicas y ciencias jurídicas que se encuentren incluidos en los listados de profesionales habilitados que a tal efecto llevará la entonces Subsecretaría de Participación Público Privada dependiente del ex Ministerio de Finanzas; y que esos listados se confeccionarán previo concurso público de antecedentes, el que deberá ser convocado conjuntamente por esa subsecretaría y la autoridad convocante de cada proyecto con la periodicidad que determine la referida subsecretaría.

Que en el punto s) del apartado 13 del artículo 9° del anexo I del decreto 118/2017, se contempla que hasta tanto se sustancien los concursos públicos de antecedentes y se conformen los listados de los profesionales, la mencionada ex subsecretaría y la autoridad convocante deberán confeccionar listados de profesionales provisorios.

Que en el artículo 96 del contrato de participación público privada a ser suscripto entre la Dirección Nacional de Vialidad, entidad autárquica en la órbita del Ministerio de Transporte, y los adjudicatarios de la Licitación Pública Nacional e Internacional convocada por la resolución 147-E del 26 de enero de 2018 de la Dirección Nacional de Vialidad (RESOL-2018-147-APN-DNV#MTR) para la Etapa 1 del Proyecto de Participación Público-Privada Red de Autopistas y Rutas Seguras (“Proyecto PPP RARS - Etapa 1”), se contempla la constitución de un panel técnico para la resolución de las controversias técnicas que surjan entre las partes durante la vigencia del contrato, integrado por tres (3) miembros, un profesional universitario en ingeniería, un profesional universitario en ciencias económicas y un profesional universitario en ciencias jurídicas, de reconocida trayectoria en la materia del proyecto, elegidos cada uno de ellos de común acuerdo por las partes de los listados de profesionales habilitados que debe llevar la Subsecretaría de Participación Público Privada.

Que, a los fines de confeccionar los mencionados listados provisorios garantizando la imparcialidad e independencia exigida para los integrantes de los paneles técnicos, la entonces Subsecretaría de Participación Público Privada solicitó colaboración técnica a las Facultades de Ingeniería, Ciencias Económicas y Derecho de la Universidad de Buenos Aires, las que prepararon los listados provisorios de profesionales habilitados para integrar los paneles técnicos que, por esta medida, se aprueban.

Que mediante el decreto 575 del 21 de junio de 2018 se suprimió el Ministerio de Finanzas, concentrando sus competencias en el Ministerio de Hacienda.

Que, en virtud de lo previsto en el decreto 585 del 25 de junio de 2018, la Subsecretaría de Participación Público Privada del Ministerio de Finanzas fue sustituida por la Secretaría de Participación Público Privada del Ministerio de Hacienda.

Que la Secretaría de Participación Público Privada dio intervención a la Dirección Nacional de Vialidad, organismo asignado por el Ministerio de Transporte para la realización de las acciones tendientes a la confección de los listados provisorios de profesionales habilitados para integrar los paneles técnicos mediante el “Convenio de Coordinación Administrativa entre el Ministerio de Transporte y la Dirección Nacional de Vialidad para el procedimiento de Selección del Contratista PPP del Proyecto PPP Vial – Etapa 1” celebrado el 12 de diciembre de 2017 (CONVE-2017-32249199-APN-MTR).

Que la Dirección Nacional de Vialidad prestó conformidad a los listados provisorios de profesionales habilitados para integrar los paneles técnicos.

Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Hacienda ha tomado la intervención que le compete.

Que esta la medida se dicta en ejercicio de las facultades contempladas en el punto s) del aparatado 13 del artículo 9° del anexo I del decreto 118/2017 modificado por el decreto 936 del 14 de noviembre de 2017, y en el decreto 174 del 2 de marzo de 2018 modificado por el decreto 585 del 25 de junio de 2018.

Por ello,

EL SECRETARIO DE PARTICIPACIÓN PÚBLICO PRIVADA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar los listados provisorios de profesionales universitarios en ingeniería, ciencias económicas y ciencias jurídicas habilitados para integrar los paneles técnicos a constituirse en el marco de los Contratos de Participación Público-Privada a ser suscriptos por la Dirección Nacional de Vialidad y los adjudicatarios de la Licitación Pública Nacional e Internacional convocada por la resolución 147-E del 26 de enero de 2018 de la Dirección Nacional de Vialidad, entidad autárquica en la órbita del Ministerio de Transporte (RESOL-2018-147-APN-DNV#MTR), los que se adjuntan a la presente como anexo I (IF-2018-33012902-APN-SPPP#MHA), anexo II (IF-2018-33013517-APN-SPPP#MHA) y anexo III (IF-2018-33013971-APN-SPPP#MHA).

ARTÍCULO 2º.- Encomendar a la Dirección Nacional de Coordinación Ejecutiva de Proyectos de Participación Público Privada dependiente de la Secretaría de Participación Público Privada del Ministerio de Hacienda, la concentración de los antecedentes de cada uno de los profesionales que integran los listados provisorios que por esta medida se aprueban.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Jose Luis Morea

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 18/07/2018 N° 51835/18 v. 18/07/2018

Fecha de publicación 18/07/2018