MINISTERIO DE ENERGÍA
Resolución 22/2018
RESOL-2018-22-APN-MEN
Ciudad de Buenos Aires, 18/07/2018
VISTO el Expediente N° EX-2017-01329122-APN-DDYME#MEM, el artículo 34 de la Ley N° 26.422 y sus normas complementarias, la Resolución N° 157 del 16 de mayo de 2017 del ex MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, y
CONSIDERANDO:
Que la firma PAMPA ENERGÍA SOCIEDAD ANÓNIMA solicitó el beneficio previsto en el artículo 34 de la Ley N° 26.422 respecto a los derechos de importación y tasas de estadística y comprobación a la importación para consumo de mercaderías nuevas y no producidas en el país, por el proyecto de inversión “Planta de Generación de Energía Eléctrica”, ubicada en la Localidad de Pilar, Provincia de BUENOS AIRES.
Que dicha obra fue calificada como Proyecto Crítico por el artículo 1° de la Resolución N° 157 del 16 de mayo de 2017 del citado ex Ministerio.
Que la ex SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ha tomado la intervención de su competencia, conforme lo establece el artículo 34 de la Ley N° 26.422.
Que la ex Dirección de Auditorías e Impuestos de la DIRECCIÓN GENERAL DE CONTROL DE GESTIÓN de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de este Ministerio ha evaluado la presentación del proyecto de conformidad con los criterios establecidos por el artículo 34 de la Ley N° 26.422 y sus normas complementarias, concluyendo que la solicitud cumple con los requisitos establecidos en dicha norma.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades previstas en la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificaciones.
Por ello,
EL MINISTRO DE ENERGÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorízase el otorgamiento del beneficio previsto en el artículo 34 de la Ley N° 26.422 a la firma PAMPA ENERGÍA SOCIEDAD ANÓNIMA (PAMPA ENERGÍA S.A.) respecto de los bienes que componen el listado que como Anexo (IF-2018-09129204-APN-SECEE#MEM) forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- Notifíquese a la firma PAMPA ENERGÍA S.A. y a la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP).
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Javier Alfredo Iguacel
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 19/07/2018 N° 52107/18 v. 19/07/2018
Fecha de publicación 19/07/2018