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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SEGURIDAD RECOMPENSAS

Resolución 609/2018

RESOL-2018-609-APN-MSG - Ofrécese recompensa.

Ciudad de Buenos Aires, 19/07/2018

VISTO el Expediente Nº EX-2018-26471455-APN-SCPC#MSG, del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, y la Resolución M.J. y D.H. N° 2318 del 29 de octubre de 2012 y su modificatoria, la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016 y el Legajo Nº 19/2018 del PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA, y

CONSIDERANDO:

Que ante la Unidad Funcional Descentralizada Nº 18 del Departamento Judicial de San Martin, con asiento en la Localidad de Los Polvorines, Partido de Malvinas Argentinas, Provincia de BUENOS AIRES, a cargo del Fiscal Carlos Ezequiel HERMELO, tramita la IPP-15-01-004915-13/00, caratulada “s/ averiguación de paradero de Salomé Valenzuela. Denunciante: Alejandra Mercedes Valenzuela”, con intervención del Juzgado de Garantías Nº 2 del Departamento Judicial de San Martin, a cargo del Doctor Raúl LUCELLI RAMOS.

Que mediante oficio del día 28 de mayo de 2018, la mencionada Unidad Funcional solicita se ofrezca recompensa para aquellas personas que sin haber intervenido en el hecho delictual, aporten datos útiles que permitan dar con el paradero de la menor Salomé Anahí VALENZUELA, titular del D.N.I. N° 42.419.671, nacida el día 18 de febrero del año 2000, argentina, instruida, hija de Alejandra Mercedes VALENZUELA, con último domicilio conocido sito en la calle Pichincha Nº 3535 de la localidad de Santa María, Partido de San Miguel, Provincia de BUENOS AIRES, quien fuera vista por última vez, el día 16 febrero del año 2013, desconociéndose a la fecha su paradero.

Que el artículo 3° de la Ley N° 26.538 establece que la autoridad de aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, hará el ofrecimiento de la recompensa y tendrá a su cargo el pago.

Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.

Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538, en el Anexo II de la Resolución M.J. y D.H. N° 2318/12 y su modificatoria, y en la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16.

Por ello,

LA MINISTRA DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Ofrécese, como recompensa, dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000.-), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que sirvan para dar con el paradero de Salomé Anahí VALENZUELA, titular del DNI Nº 42.419.671, nacida el día 18 de febrero del año 2000, argentina, instruida, hija de Alejandra Mercedes VALENZUELA, con último domicilio conocido sito en la calle Pichincha Nº 3535 de la localidad de Santa María, Partido de San Miguel, Provincia de BUENOS AIRES, quien fuera vista por última vez, el día 16 febrero del año 2013, desconociéndose a la fecha su paradero.

ARTÍCULO 2°.- Las personas que quieran suministrar datos, deberán comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA al número de acceso rápido 134.

ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta Cartera de Estado previo informe del representante de la autoridad interviniente sobre el mérito de la información aportada preservando la identidad del aportante.

ARTÍCULO 4º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN de este Ministerio la difusión de la presente en medios gráficos de circulación nacional.

ARTÍCULO 5°.- Instrúyase a las FUERZAS DE SEGURIDAD FEDERALES la difusión y publicación en todas sus formas de los afiches correspondientes a la recompensa ofrecida.

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Patricia Bullrich

e. 23/07/2018 N° 52645/18 v. 23/07/2018

Fecha de publicación 23/07/2018