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7 de Mayo de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 201/2018

El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dar a publicidad el pedido de Acceso a la Capacidad de Transporte presentado por la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSBA S.A.) a requerimiento de la empresa RIO ENERGY SOCIEDAD ANÓNIMA, consistente en la instalación de la Central Térmica General Rojo de 150 MW y la solicitud de emisión del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la obra consistente en la construcción de UNA (1) nueva estación transformadora 132 kV que se denominará ET San Nicolás Oeste, para lo cual se prevé la apertura de la actual línea de 132 kV Pergamino-San Nicolás, bajo jurisdicción de TRANSBA S.A., aproximadamente a DIECISÉIS KILÓMETROS (16 km) de la ET San Nicolás y la construcción de DOS (2) líneas, simple terna, de 132 kV de aproximadamente DOSCIENTOS METROS (200 m) de longitud, desde esta apertura hasta la nueva estación transformadora. 2.- La publicación dispuesta en el artículo 1 se deberá efectuar a través de un Aviso que se publicará en los portales de Internet del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y de la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) por el lapso de CINCO (5) días y por DOS (2) días en un diario de amplia difusión del lugar en donde se construirán las obras proyectadas o en donde puedan afectar eléctricamente. Asimismo, se fija un plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos desde la última publicación efectuada, para que quien considere que la solicitud en cuestión pudiera afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee oposición fundada por escrito ante el ENRE o en el caso del Acceso, presente un proyecto alternativo al del solicitante u observaciones al mismo. 3.- Disponer que en caso de que no hubiera ninguna presentación fundada, vencido el plazo señalado, se considerará autorizado el Acceso y emitido el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la Ampliación referidos en el artículo 1 de esta resolución. 4.- Establecer que en caso de que existan presentaciones fundadas comunes entre distintos usuarios o, respecto del acceso, se presentare un proyecto alternativo, se convocará a Audiencia Pública para analizarlas y permitir al solicitante contestar las mismas y exponer sus argumentos. 5.- El solicitante deberá incorporar en la ampliación todas las observaciones presentadas por CAMMESA y TRANSBA S.A. a efectos de garantizar el funcionamiento del Mercado Eléctrico Mayorista. 6.- Disponer que TRANSBA S.A. y RIO ENERGY S.A. deban firmar un Convenio de Conexión en la ET San Nicolás Oeste, estableciendo en el mismo las responsabilidades de operación y mantenimiento que correspondan a cada Empresa, en los términos del artículo 22 de la Ley N° 24.065. 7.- Notifíquese a TRANSBA S.A., a RIO ENERGY S.A., a CAMMESA y a la SUBSECRETARIA DE ENERGÍA ELÉCTRICA. Firmado: Vocal Tercero Dra. Laura Gisela Giumelli - Vicepresidente Dra. Marta Roscardi - Presidente Ing. Andrés Chambouleyron -.

Claudia Elizabeth Caravelli, Asistente Administrativo, Secretaria del Directorio, Ente Nacional Regulador de la Electricidad.

e. 23/07/2018 N° 52747/18 v. 23/07/2018

Fecha de publicación 23/07/2018