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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ENERGÍA

Resolución 34/2018

RESOL-2018-34-APN-MEN

Ciudad de Buenos Aires, 25/07/2018

VISTO el Expediente N° EX-2017-32596263-APN-DDYME#MEM, el artículo 34 de la Ley Nº 26.422 y sus normas complementarias, la Resolución N° 392 del 18 de octubre de 2017 del ex MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, y

CONSIDERANDO:

Que la firma SPI ENERGY SOCIEDAD ANÓNIMA solicitó el beneficio previsto en el artículo 34 de la Ley Nº 26.422 respecto a los derechos de importación y tasas de estadística y comprobación a la importación para consumo de mercaderías nuevas y no producidas en el país, por el proyecto de inversión “Planta de Generación de Energía Eléctrica”, ubicado en la Localidad de San Pedro, Provincia de BUENOS AIRES.

Que dicha obra fue calificada como Proyecto Crítico mediante el artículo 1º de la Resolución N° 392 del 18 de octubre de 2017 del citado ex Ministerio.

Que la SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ha tomado la intervención de su competencia, conforme lo establece el artículo 34 de la Ley Nº 26.422.

Que la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de este Ministerio, ha evaluado la presentación del proyecto de conformidad con los criterios establecidos por el artículo 34 de la Ley Nº 26.422 y sus normas complementarias, concluyendo que la solicitud cumple con los requisitos establecidos en dicha norma.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades previstas en la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificaciones.

Por ello,

EL MINISTRO DE ENERGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Autorízase la solicitud del beneficio previsto en el artículo 34 de la Ley Nº 26.422 a la firma SPI ENERGY SOCIEDAD ANÓNIMA (SPI ENERGY S.A.) respecto de los bienes que componen el listado que como Anexo (IF-2018-12277750-APN-SSCA#MEM) forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 2º.- Notifíquese a la firma SPI ENERGY S.A. y a la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Javier Alfredo Iguacel

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 26/07/2018 N° 53746/18 v. 26/07/2018

Fecha de publicación 26/07/2018