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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Sintetizada 4744/2018

RESOL-2018-4744-APN-ENACOM#MM - FECHA 24/7/2018

EX-2017-26720908 -APN-SDYME#ENACOM - ACTA 35

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Otorgar a la empresa SPRYNET SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (C.U.I.T. N° 30-71568543-0), Licencia para la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, sean fijos o móviles, alámbricos o inalámbricos, nacionales o internacionales, con o sin infraestructura propia.. 2 .- Inscribir a la empresa SPRYNET SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, en el Registro de Servicios TIC - Servicio Valor Agregado - Acceso a Internet, previsto en el Artículo 8°. 3.- La presente Licencia, no presupone la obligación del ESTADO NACIONAL de garantizar la disponibilidad del uso de frecuencias del espectro radioeléctrico, y/o de recursos de numeración, y/o señalización para la prestación del servicio inscripto, debiendo la autorización de uso de estos recursos, tramitarse de conformidad con los términos y condiciones contemplados en la normativa aplicable .4 .- Notifíquese al interesado. 5.- Comuníquese, publíquese. Firmado: Silvana Myriam Giudici, Presidenta, Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas

Silvana Beatriz Rizzi, Jefe de Área, Área Despacho, Ente Nacional de Comunicaciones.

e. 27/07/2018 N° 54043/18 v. 27/07/2018

Fecha de publicación 27/07/2018