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Legislación y Avisos Oficiales
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ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Sintetizada 4755/2018

RESOL-2018-4755-APN-ENACOM#MM - FECHA 25/7/2018 - ACTA 35

EXPCOMFER 3526.00.0/2006

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Adjudicar al señor Enrique Alfredo HONOR (D.N.I. Nº 10.607.546 - C.U.I.T. N° 20- 10607546-9), una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia que operará en el canal 246, frecuencia 97.1 MHz, categoría E, señal distintiva LRT721, para la localidad de LA GRANJA, provincia de CÓRDOBA. 2 .- La licencia otorgada abarcará un período de QUINCE (15) años contados a partir de fecha del acto administrativo de autorización de inicio de emisiones regulares, a cuyo vencimiento podrá ser prorrogada a solicitud de la licenciataria. 3 .- Otorgar un plazo de CIENTO VEINTE (120) días corridos contados a partir de la publicación de la presente, para que el licenciatario envíe la documentación técnica exigida. 4 .- El monto de la garantía de cumplimiento de contrato, asciende a la suma de de PESOS ONCE MIL QUINIENTOS SESENTA ($ 11.560.-), debiendo el depósito constituirse en alguna de las modalidades prescriptas en el Artículo 16.1 del Pliego de Bases y Condiciones, dentro de los TREINTA (30) días corridos de publicada la presente. 5 .- Establecer que dentro de los TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días corridos de publicada la presente, la estación deberá estar instalada acorde con el proyecto aprobado e iniciar sus emisiones regulares, previa habilitación conferida por este organismo. 6 .- El licenciatario asumirá la responsabilidad de realizar los trámites pertinentes ante la ANAC, con relación a la altura de la estructura soporte de antenas a instalar y el cumplimiento de las normas correspondientes emanadas de dicho organismo. El alcance de la licencia adjudicada por la presente, se limita a los parámetros técnicos asignados, no comprendiendo obras de infraestructura civil, fiscalización del espacio aéreo ni otros ajenos a la competencia del ENACOM. 7 .- El adjudicatario deberá cumplir con el pago del gravamen correspondiente al servicio adjudicado, desde la fecha de su presentación al Régimen de Normalización, dentro de los CIENTO VEINTE (120) días de otorgada la licencia, de así corresponder. 8.- Notifíquese, comuníquese, publíquese. Firmado: Silvana Myriam Giudici, Presidenta, Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas

Silvana Beatriz Rizzi, Jefe de Área, Área Despacho, Ente Nacional de Comunicaciones.

e. 01/08/2018 N° 54907/18 v. 01/08/2018

Fecha de publicación 01/08/2018