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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE PRODUCCIÓN SUBSECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR

Disposición 143/2018

DI-2018-143-APN-SSCI#MP

Ciudad de Buenos Aires, 02/08/2018

VISTO el Expediente N° S01:0306083/2017 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución Nº 319 de fecha 14 de mayo de 1999 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificaciones, establece la obligatoriedad de la certificación de la veracidad de la información suministrada en la etiqueta y ficha respectiva, correspondientes a los aparatos eléctricos de uso doméstico que se enumeran en el Artículo 2º de la citada resolución y que se comercializan en el país, en lo referente al rendimiento o eficiencia energética, la emisión de ruido y las demás características asociadas.

Que la Disposición Nº 246 de fecha 16 de septiembre de 2013 de la ex Dirección Nacional de Comercio Interior de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PÚBLICAS, estableció las modalidades y fechas de entrada en vigencia de la obligación de obtener la certificación y de colocación de la etiqueta de eficiencia energética correspondientes sobre los productos eléctricos definidos como balastos electromagnéticos y electrónicos para lámparas fluorescentes, que se comercialicen en el país.

Que la Disposición Nº 219 de fecha 26 de agosto de 2015 de la ex Dirección Nacional de Comercio Interior de la SUBSECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR de la SECRETARÍA DE COMERCIO del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, estableció las modalidades y fechas de entrada en vigencia de la obligación de obtener la certificación y de colocación de la etiqueta de eficiencia energética correspondientes sobre los productos eléctricos definidos como televisores de uso general en modo encendido y su consumo en modo de espera expresado en watt (W), que se comercialicen en el país.

Que las Resoluciones Nros. 123 de fecha 3 de marzo de 1999 y 431 de fecha 28 de junio de 1999, ambas de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias, establecen que, para su participación en los Regímenes de Certificación Obligatoria, los Organismos de Certificación y los Laboratorios de Ensayo deberán contar con el reconocimiento al efecto de la Autoridad de Aplicación.

Que en atención al cambio normativo introducido por el Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018, y la Decisión Administrativa Nº 313 de fecha 13 de marzo de 2018, se dictó la Resolución Nº 286 de fecha 11 de mayo de 2018 de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, a través de la cual se delegaron en la SUBSECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR, dependiente de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, las competencias referidas a la Ley Nº 22.802, resultando la autoridad competente para el referido reconocimiento.

Que mediante el expediente citado en el Visto, la empresa INTERTEK ARGENTINA CERTIFICACIONES S.A. solicitó su reconocimiento para desempeñarse como Organismo de Certificación en materia de Etiquetado de Eficiencia Energética sobre “Balastos electromagnéticos y electrónicos para lámparas fluorescentes, y Televisores en modo encendido y modo en espera”.

Que según lo establecido en el Artículo 8º de la Disposición Nº 246/13 de la ex Dirección Nacional de Comercio Interior, podrán actuar en la certificación de los productos balastos electromagnéticos y electrónicos para lámparas fluorescentes los organismos de certificación que se encuentran reconocidos para su actuación en el Régimen de Etiquetado de Eficiencia Energética de lámparas fluorescentes dispuesto por la Disposición N° 86/07 de la ex Dirección Nacional de Comercio Interior.

Que en el caso de las Disposiciones Nros. 86/07 y 219/15, ambas de la ex Dirección Nacional de Comercio Interior, se dispuso que serán reconocidos para actuar en el Régimen de Etiquetado Energético de los productos en cuestión los organismos de certificación que, estando reconocidos para actuar en el Régimen de Seguridad Eléctrica, cumplimenten lo requerido por los incisos a) y e) del Artículo 2° de la Resolución N° 431/99 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA y la Autoridad de Aplicación notificará su cumplimiento mediante el dictado de la disposición correspondiente.

Que mediante la Disposición Nº 575 de fecha 10 de septiembre de 2001 de la Dirección Nacional de Comercio Interior de la ex SECRETARÍA DE LA COMPETENCIA, LA DESREGULACIÓN Y LA DEFENSA DEL CONSUMIDOR del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, se reconoce a la empresa IRAM-ITS-IMQ (I3), para la aplicación del Régimen de Certificación de Productos en Seguridad Eléctrica.

Que, mediante la reforma estatutaria de fecha 28 de septiembre de 2010, la firma cambia la integración social y la denominación a INTERTEK-IMQ S.A. continuadora jurídica de la firma IRAM-ITS-IMQ (I3), y con fecha 12 de abril de 2013 la empresa cambia nuevamente la integración social y la denominación a INTERTEK ARGENTINA CERTIFICACIONES S.A. siendo continuadora jurídica de INTERTEK-IMQ S.A.

Que, para la validación de los reconocimientos solicitados, la empresa INTERTEK ARGENTINA CERTIFICACIONES S.A. debía cumplimentar lo establecido en los incisos a) y e) del Artículo 2º de la Resolución Nº 431/99 de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA.

Que la empresa INTERTEK ARGENTINA CERTIFICACIONES S.A. ha presentado la documentación necesaria para confirmar el cumplimiento de lo señalado en el considerando inmediato anterior, habiendo sido evaluada y aprobada la misma favorablemente por la Autoridad de Aplicación.

Que, en ese sentido, se ha comprobado la acreditación por parte del Organismo Argentino de Acreditación (OAA) que exige el inciso a) del Artículo 2º de la Resolución Nº 431/99 de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA, según alcance de acreditación obrante a fojas 130/137 del expediente citado en el Visto, sobre “Balastos electromagnéticos y electrónicos para lámparas fluorescentes, y Televisores en modo encendido y modo en espera”.

Que, igualmente, se ha verificado la contratación del seguro de responsabilidad civil correspondiente, agregado a fojas 504/508 del expediente de la referencia, conforme el inciso e) del Artículo 2º de la Resolución Nº 431/99 de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA y su actualización por la Resolución Nº 75 de fecha 22 de abril de 2016 de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, siendo aprobado sin objeciones, emitido por la compañía ZURICH ARGENTINA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A., póliza renovada N° 14-0005858 con vigencia desde el 30 de septiembre de 2017 hasta el 30 de septiembre de 2018.

Que la Resolución N° 123/99 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA, dispone la intervención en el proceso de reconocimiento, de un Comité de Evaluación convocado al efecto.

Que, en ese sentido, ha tomado la debida intervención el Comité de Evaluación de Organismos de Certificación, según consta en las Actas de fechas 30 de octubre de 2017 y 4 de enero de 2018, mediante las cuales el citado Comité se ha expedido favorablemente, recomendando el reconocimiento de la empresa INTERTEK ARGENTINA CERTIFICACIONES S.A. para desempeñarse como Organismo de Certificación en la aplicación de los Regímenes de Certificación de Etiquetado sobre, “balastos electromagnéticos y electrónicos para lámparas fluorescentes”, y “televisores en modo encendido y modo en espera”.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente disposición se dicta en uso de las facultades otorgadas por la Ley N° 22.802, por los Artículos 1° y 2º de la Resolución N° 123/99 y el Artículo 6° de la Resolución N° 431/99, ambas de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA y por la Resolución N° 286/18 de la SECRETARÍA DE COMERCIO.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE COMERCIO INTERIOR

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Reconócese a la empresa INTERTEK ARGENTINA CERTIFICACIONES S.A. como Organismo de Certificación para la aplicación de la Disposición N° 246 de fecha 16 de septiembre de 2013 de la ex Dirección Nacional de Comercio Interior de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, de certificación de la etiqueta de eficiencia energética sobre los productos eléctricos definidos como balastos electromagnéticos y electrónicos para lámparas fluorescentes, que se comercialicen en el país.

ARTÍCULO 2º.- Valídase el otorgamiento del reconocimiento concedido a la empresa INTERTEK ARGENTINA CERTIFICACIONES S.A. como Organismo de Certificación para la aplicación de la Disposición Nº 219 de fecha 26 de agosto de 2015 de la ex Dirección Nacional de Comercio Interior de la SUBSECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR de la SECRETARÍA DE COMERCIO del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, de certificación de la etiqueta de eficiencia energética sobre los productos eléctricos definidos como televisores en modo encendido y modo en espera, que se comercialicen en el país.

ARTÍCULO 3º.- La presente disposición comenzará a regir a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 4º.- Notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Ignacio Werner

e. 06/08/2018 N° 56133/18 v. 06/08/2018

Fecha de publicación 06/08/2018