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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación “A” 6532/2018

02/07/2018

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Ref.: Circular REMON 1 – 946. Efectivo mínimo. Adecuaciones.

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la resolución que, en su parte pertinente, dispone:

“1. Sustituir, con vigencia 2.7.18, los puntos 1.3.1., 1.3.2.1., 1.3.3.1., 1.3.4.1., 1.3.5., 1.3.7.1., el acápite a) del punto 1.3.9., los puntos 1.3.11.1. y 1.3.13. de las normas sobre “Efectivo mínimo” por lo siguiente:

2. Sustituir, con vigencia 18.7.18, el punto 2. de la Comunicación “A” 6526 por lo siguiente:

3. Disponer que el incremento en la exigencia resultante de aplicar las tasas de efectivo mínimo en pesos –del período y diaria– previstas en el punto 2. precedente podrá ser integrado con Bonos del Tesoro Nacional en pesos a tasa fija con vencimiento en noviembre de 2020 valuados a precio de mercado que se encuentren depositados en la Subcuenta 60 efectivo mínimo habilitada en la “Central de Registro y Liquidación de Pasivos Públicos y Fideicomisos Financieros - CRyL”, los cuales estarán excluidos de los límites previstos en las normas sobre “Fraccionamiento del riego crediticio” por hasta el importe aplicado como integración.

El incremento de la exigencia de efectivo mínimo previsto en el punto 1. de esta Resolución no podrá ser integrado con los bonos señalados precedentemente.”

Asimismo, les informamos que posteriormente les haremos llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponderá incorporar en las normas de la referencia.

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas - Agustín Torcassi, Subgerente General de Normas.

e. 06/08/2018 N° 56261/18 v. 06/08/2018

Fecha de publicación 06/08/2018