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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA

Resolución 240/2018

RESOL-2018-240-APN-MA

Ciudad de Buenos Aires, 03/08/2018

VISTO el Expediente N° EX-2018-11765640--APN-DDYME#MA del Registro del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, la Ley N° 26.141, el Decreto N° 1.502 de fecha 23 de octubre de 2007 y las Resoluciones Nros. RESOL-2017-251-APN-MA de fecha 6 de septiembre de 2017 y RESOL-2017-381-APN-MA de fecha 28 de noviembre de 2017, ambas del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº 26.141 y el Decreto Reglamentario N° 1.502 de fecha 23 de octubre de 2007 se instituye el RÉGIMEN PARA LA RECUPERACIÓN, FOMENTO Y DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD CAPRINA, en adelante el RÉGIMEN, destinado a lograr la adecuación y modernización de los sistemas productivos basados en el aprovechamiento del ganado caprino, en un marco sostenible en el tiempo y que permita mantener, desarrollar e incrementar las fuentes de trabajo y la radicación de la población rural tendiendo a una mejor calidad de vida.

Que de conformidad con el Artículo 7° de la Ley N° 26.141, el MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA es la Autoridad de Aplicación del RÉGIMEN.

Que mediante la Resolución N° RESOL-2017-251-APN-MA de fecha 6 de septiembre de 2017 del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA se aprobó el Manual Operativo del RÉGIMEN.

Que mediante el Anexo registrado con el N° IF-2017-30263263-APN-SSCTYA#MA de la Resolución N° RESOL-2017-381-APN-MA de fecha 28 de noviembre de 2017 del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA se aprobaron los términos y condiciones para el Reordenamiento Normativo del citado Ministerio.

Que resulta necesario, a los fines de optimizar la actividad funcional del RÉGIMEN, aprobar UN (1) Manual de Procedimiento mediante el cual se establezca un circuito para la evaluación, aprobación y desembolso de los fondos de las solicitudes de aportes presentadas en el marco del RÉGIMEN, así como también de los Gastos Administrativos.

Que el dictado de la presente medida no implicará una modificación de la estructura organizativa del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA.

Que la Unidad de Auditoría Interna del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas por la Ley de Ministerios (texto ordenado por el Decreto N° 438/92) y sus modificaciones, y por el Artículo 7°, inciso b) del Anexo del citado Decreto Reglamentario N° 1.502/07.

Por ello,

EL MINISTRO DE AGROINDUSTRIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Manual de Procedimiento del RÉGIMEN PARA LA RECUPERACION, FOMENTO Y DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD CAPRINA, en adelante RÉGIMEN, de conformidad con el Anexo registrado con N° IF-2018-27896308-APN-SSG#MA, que forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- La presente medida no implicará la creación de nuevas estructuras en el MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese a las UNIDADES EJECUTORAS PROVINCIALES (UEP) de las Provincias adheridas a las Ley N° 26.141 a través de la COORDINACIÓN NACIONAL DEL RÉGIMEN.

ARTÍCULO 4°.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial y por el plazo de CUATRO (4) años, pudiendo ser prorrogada por única vez, bajo decisión fundada de la Autoridad Competente con rango no inferior a Subsecretario o asimilable.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Luis Miguel Etchevehere

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 07/08/2018 N° 56729/18 v. 07/08/2018

Fecha de publicación 07/08/2018