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Legislación y Avisos Oficiales
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ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

Disposición 7923/2018

DI-2018-7923-APN-ANMAT#MS

Ciudad de Buenos Aires, 06/08/2018

VISTO el Expediente Nº 1-47-1110-656-17-9 del Registro de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT); y

CONSIDERANDO:

Que inicia las presentes actuaciones el INSTITUTO NACIONAL DE MEDICAMENTOS –INAME- en el marco de verificación de funcionamiento de establecimientos habilitados por esta Administración Nacional.

Que la firma FRAMINGHAM PHARMA S.R.L. fue habilitada como “Laboratorio de especialidades medicinales para acondicionamiento primario en frascos en la forma farmacéutica de cápsulas blandas. Acondicionamiento secundario de especialidades medicinales y de productos de higiene personal, cosméticos y perfumes” con domicilio sito en la calle Agüero N° 363/65, Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Legajo N° 7033.

Que a fojas 5 obra el informe técnico del Departamento de Inspectoría del INAME señalando que en la inspección realizada por O.I. 2017/1694-INAME-239 el apoderado legal de la firma manifiesta que no está realizando ninguna actividad de especialidades medicinales, que no tiene fecha de restablecimiento, prestando conformidad a la baja de la habilitación otorgada.

Que a fojas 8 toma conocimiento la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud área Productos de Cosméticos.

Que la Dirección de Gestión de Información Técnica ha tomado intervención de su competencia.

Que se actúa en virtud de las facultades conferidas por los Decretos Nº 1490 de fecha 20 de agosto de 1992 y 101 del 16 de diciembre de 2015.

Por ello;

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Dáse la baja a la habilitación otorgada a la firma FRAMINGHAM PHARMA S.R.L. habilitada como “Laboratorio de especialidades medicinales para acondicionamiento primario en frascos en la forma farmacéutica de cápsulas blandas. Acondicionamiento secundario de especialidades medicinales y de productos de higiene personal, cosméticos y perfumes” con domicilio sito en la calle Agüero N° 363/65, Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Legajo N° 7033.

ARTÍCULO 2º.- Cancélase el Legajo N° 7033.

ARTÍCULO 3º.- Regístrese; gírese a la Dirección de Gestión de Información Técnica y al Instituto Nacional de Medicamentos, Departamento de Inspectoría a sus efectos. Dése a la Dirección del Registro Oficial para su publicación; cumplido; archívese. Carlos Alberto Chiale

e. 10/08/2018 N° 57699/18 v. 10/08/2018

Fecha de publicación 10/08/2018