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15 de Mayo de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS - ADUANA DE RAFAELA

Se hace saber a las personas abajo mencionadas que se ha dispuesto el archivo en los términos previstos en el punto D -6 de la instrucción General 9/2017 DGA, o en su caso, punto D-1-6. IG 11/2016 DGA, de las actuaciones que se describen y que no se registrarán antecedentes por la mencionada causa siempre y cuando efectuaren el abandono en favor del Estado Nacional de la mercadería involucrada. Asimismo, si optare por el retiro de la misma, en caso de no estar dispuesta la destrucción, deberá acreditar su condición fiscal y proceder al pago de los tributos que en cada caso se indican. De no efectuarse el pago dentro de los diez (10) días hábiles a partir de la publicación del presente acto, se tendrá a la mercadería por abandonada en favor del estado Nacional en los términos del art. 429 del Código Aduanero-Ley 22.415.

ACTUACIÓNCAUSANTETRIBUTOS ADEUDADOSINSTR. GRAL. DGA
17922-055-2017CALI ROJAS, ANTONIA$ 5.135,04.-Nº 09-2017
12522-443-2016PACHECO, JUANA$ 1.189,72.-Nº 11-2016
12522-438-2016CHOQUE JORGE, JUSTINA$ 2.203,47.-Nº 11-2016
17463-104-2017VILLANUEVA LOPEZ, MARIA LUISA$ 1.468,03.-Nº 11-2016
17922-056-2017ROJAS GABRIEL, FRANCISCA$ 3.581,74.-Nº 09-2017
17922-100-2017MAMANI, CLEMENTINADESTRUCCIONNº 11-2016
12522-408-2016PEREYRA, RAUL ERNESTO$ 2.594,45.-Nº 11-2016
12522-429-2016MUÑOZ SALGUERO, ELENA$ 1.179,97.-Nº 11-2016
12522-437-2016CALIZAYA MUÑOZ VIUDA DE ZELAYA, FELISA$ 1.991,67.-Nº 11-2016

Carlos Alberto Ronchi, Jefe de Sección A/C, Sección Inspección Ex Ante (AD SAFE), Administración Federal de Ingresos Públicos.

e. 13/08/2018 N° 58251/18 v. 13/08/2018

Fecha de publicación 13/08/2018