ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS - ADUANA DE EZEIZA
La DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, en virtud de lo dispuesto en el Art. 1ro. de la Ley 25603, para las mercaderias que se encuentran en la situacion prevista en el Art. 417 de la Ley 22415, comunica por unica vez a aquellos que acrediten su derecho a disponer de las mercaderias cuya identificacion a continuacion se indica, que podran dentro del plazo de TREINTA (30) días corridos, solicitar alguna destinacion autorizada, previo pago de las multas que por derecho correspondieren.
Transcurrido el plazo mencionado, el Servicio Aduanero procedera de acuerdo a lo dispuesto en los Arts. 2do., 3ro., 4to, y 5to. De la Ley 25603, y hasta tanto los titulares conserven su derecho a disponer de las mercaderías, a efectos de solicitar alguna destinación aduanera para las mismas presentarse en: Sección Gestión de Rezagos (Aeropuerto Int. Ministro Pistarini - Ezeiza).
Marcela Blasi, Jefe División Control ex Ante, a/c Dirección Aduana de Ezeiza (Disposición N° 14/16 (SDG OAM).
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Aviso Oficial se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.
e. 14/08/2018 N° 58725/18 v. 14/08/2018
Fecha de publicación 14/08/2018