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Legislación y Avisos Oficiales
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SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

Resolución 775/2018

RESOL-2018-775-APN-SSS#MS

Ciudad de Buenos Aires, 07/08/2018

VISTO el Expediente N° EX-2018-35761480-APN-SG#SSS; y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente del VISTO tramita la presentación efectuada por la Prof. María Marcela GONZALEZ GANASSI, Presidenta de la Fundación Instituto Latinoamericano de Desarrollo Social y Salud, mediante la cual solicita que se declare de interés de esta SUPERINTENDENCIA DE SERVCIOS DE SALUD el “PROGRAMA DE FORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS PARA LA INSERCIÓN LABORAL Y/O AUTOEMPLEO EN SALUD”, que se desarrollará en la ciudad de San Miguel de Tucumán, Provincia de Tucumán.

Que el objetivo del citado Programa es incrementar las posibilidades de inserción de jóvenes y adultos en el mundo del trabajo mediante una capacitación laboral para el desempeño de ocupaciones en relación de dependencia y/o autoempleo en el campo de la salud, como asistentes o auxiliares.

Que debido a la importancia y transcendencia del Programa, se estima oportuno acceder a lo solicitado.

Que la declaración de interés solicitada no implica erogación alguna para este Organismo.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos tomó intervención en la órbita de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por los Decretos Nº 1615 de fecha 23 de diciembre de 1996, N° 2710 de fecha 28 de diciembre de 2012 y Nº 717 de fecha 12 de septiembre de 2017.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Declárase de interés de esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD el “PROGRAMA DE FORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS PARA LA INSERCIÓN LABORAL Y/O AUTOEMPLEO EN SALUD”, que se desarrollará en la ciudad de San Miguel de Tucumán, Provincia de Tucumán, organizado por la Fundación Instituto Latinoamericano de Desarrollo Social y Salud.

ARTÍCULO 2°.- Autorízase la utilización del Logo de esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD para el Programa mencionado en el ARTÍCULO 1° de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3°.- La declaración de interés otorgada en el ARTÍCULO 1° de la presente Resolución, no generará erogación presupuestaria alguna para este Organismo.

ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y, oportunamente, archívese. Sandro Taricco

e. 16/08/2018 N° 59473/18 v. 16/08/2018

Fecha de publicación 16/08/2018