MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA SECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA
Resolución 83/2018
RESOL-2018-83-APN-SAYBI#MA
Ciudad de Buenos Aires, 21/08/2018
VISTO el Expediente N° EX-2018-28390696--APN-DGD#MA del Registro del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, la Ley N° 26.967, el Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018, sus modificatorios y complementarios, las Resoluciones Nros. 392 de fecha 19 de mayo de 2005 de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, y 22 de fecha 30 de enero de 2012 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 26.967, se creó el Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL”, y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, establecido por Resolución N° 392, de fecha 19 de mayo de 2005 de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN.
Que en virtud de la mencionada ley, se concede al solicitante el derecho de uso sin exclusividad del sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE” por el plazo de DOS (2) años contados desde la fecha de publicación de cada acto administrativo, exclusivamente para diferenciar aquellos productos que en cada caso se establece.
Que la empresa TREBOL PAMPA SOCIEDAD ANÓNIMA (C.U.I.T. N° 33-70722744-9), Constancia de Habilitación de Establecimientos de Empaque N° E-0123-a-C, con domicilio en la Ruta Provincial 22, Km 5, de la Localidad de Estación Yuquerí, Departamento de Concordia, Provincia de ENTRE RÍOS y Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (R.E.N.S.P.A) N° 07.002.0.90038/00, N° 07.004.0.90042/00, emitidos por el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, ha solicitado el derecho de uso sin exclusividad del Sello: “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, para distinguir el producto “NARANJAS FRESCAS”, para las marcas: “Pampa”, “Trebol”, Yukisol”, “Oro Verde”, “Fina”, “Baby”, “Tres Estrellas”, “Egsa”, “SM Fruit” y “Unifrutti”.
Que el peticionante ha cumplido con todos los recaudos y condiciones generales y particulares requeridos por la citada Ley N° 26.967 y la mencionada Resolución Nº 392/05, para la obtención del Sello: “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, como así también ha acreditado el cumplimiento del Protocolo de Calidad para “NARANJAS FRESCAS”, aprobado por la Resolución N° 22 de fecha 30 de enero de 2012, de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA..
Que debido a las directivas impartidas por el Gobierno Nacional en materia de contención del gasto público, la presente medida no implicará costo fiscal alguno.
Que la Dirección Nacional de Alimentos y Bebidas de la SECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, elaboró el informe correspondiente, entendiendo que se encuentran cumplidos los requisitos técnicos para la cesión del Sello: “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, ha tomado la intervención de su competencia.
Que el suscripto es competente para resolver en esta instancia de acuerdo a las facultades conferidas por el Decreto N° 174 de fecha 2 de marzo de 2018, sus modificatorios y complementarios.
Por ello,
EL SECRETARIO DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Concédese el derecho de uso sin exclusividad del Sello: “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, a la empresa TREBOL PAMPA SOCIEDAD ANÓNIMA (C.U.I.T. N° 33-70722744-9), Constancia de Habilitación de Establecimientos de Empaque N° E-0123-a-C, con domicilio en la Ruta Provincial 22, Km 5, de la Localidad de Estación Yuquerí, Departamento de Concordia, Provincia de ENTRE RÍOS y Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (R.E.N.S.P.A) N° 07.002.0.90038/00, N° 07.004.0.90042/00, emitidos por el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, para el producto: “NARANJAS FRESCAS”, para las marcas: “Pampa”, “Trebol”, Yukisol”, “Oro Verde”, “Fina”, “Baby”, “Tres Estrellas”, “Egsa”, “SM Fruit” y “Unifrutti”, de conformidad a lo establecido por la Ley N° 26.967, la Resolución Nº 392 de fecha 19 de mayo de 2005 de la ex-Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos del entonces MINISTERIO DE Economía Y PRODUCCIÓN y la Resolución N° 22 de fecha 30 de enero de 2012, de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.
ARTÍCULO 2°.- Apruébase el Contrato de Cesión de Uso Temporal Sin Exclusividad del referido Sello que, como Anexo registrado con el Nº IF–2018-29429968-APN-DGC#MA, forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- El derecho de uso cedido por el artículo precedente se acuerda por el plazo de DOS (2) años contados a partir de la fecha de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. William Andrew Murchison
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 23/08/2018 N° 61079/18 v. 23/08/2018
Fecha de publicación 23/08/2018