INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
Resolución 347/2018
RESOL-2018-347-APN-INASE#MA
Ciudad de Buenos Aires, 16/08/2018
Visto el Expediente EX-2018-31565149- -APN-DSA#INASE del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, y
CONSIDERANDO:
Que por el citado expediente la CÁMARA DE SEMILLERISTAS DE LA BOLSA DE CEREALES, elevó la solicitud de auspicio institucional al INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA para la realización de la 9na. Edición de BUENOS AIRES SEED CONVENTION – BASC2018 que se llevará a cabo los días 15 y 16 de noviembre de 2018 en el Alvear Art Hotel, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
Que la presencia del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, a través del presente auspicio institucional tiene relevancia ya que el workshop tiene como objetivo que los participantes exploren diversas oportunidades de negocios, intercambien información de mercado y amplíen sus redes de contacto y estos temas son de interés para la Institución.
Que la presencia del organismo se efectua a partir de la inclusión del logotipo en los distintos canales de comunicación que utiliza la organización para su difusión.
Que el presente auspicio no implica costo fiscal alguno para el ESTADO NACIONAL.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS ha tomado la intervención que le compete.
Que de conformidad con las facultades conferidas por el Artículo 9º del Decreto Nº 2.817 de fecha 30 de diciembre de 1991 ratificado por Ley Nº 25.845, el suscripto es competente para firmar el presente acto administrativo.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Dése por otorgado el auspicio institucional del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, para la realización de la 9na. Edición de BUENOS AIRES SEED CONVENTION – BASC2018 que se llevará a cabo los días 15 y 16 de noviembre de 2018 en el Alvear Art Hotel, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENPOS AIRES.
ARTÍCULO 2º.- La medida dispuesta por el Artículo 1º de la presente resolución no implica costo fiscal alguno para el ESTADO NACIONAL.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección del Registro Oficial y archívese. Raimundo Lavignolle
e. 23/08/2018 N° 60957/18 v. 23/08/2018
Fecha de publicación 23/08/2018