ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución Sintetizada 4988/2018
RESOL-2018-4988-APN-ENACOM#MM - FECHA 17/8/2018 - ACTA 36
EXPAFSCA 261/2014
El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1 .- Inscribir a la COOPERATIVA DE EMPRENDIMIENTOS MULTIPLES SUDECOR LITORAL LIMITADA (C.U.I.T. N° 30-57130220-5) en el Registro de Servicios TIC, la prestación Servicio de Radiodifusión por Suscripción por Vínculo Físico y/o Radioeléctrico para la localidad de BELL VILLE, provincia de CÓRDOBA. 2 .- Comunicar a la licenciataria que, a los fines de la preservación de condiciones competitivas, la COOPERATIVA DE EMPRENDIMIENTOS MULTIPLES SUDECOR LITORAL LIMITADA deberá: a) Conformar una unidad de negocios a los efectos de la prestación del servicio de comunicación audiovisual y llevarla en forma separada. b) Mantener una contabilidad separada entre las prestaciones correspondientes al servicio cuya licencia se solicita. c) No ofrecer de manera conjunta o empaquetada los servicios de telecomunicaciones y audiovisuales provistos a través de la red de acceso a los hogares con ninguno de los servicios públicos de distribución de energía, gas y/o agua corriente que ofrezca actualmente o pudiera ofrecer en el futuro en dicha localidad. d) Garantizar a los competidores en los servicios licenciados, el acceso a la infraestructura de soporte, en especial postes, mástiles y ductos con los que cuenta, así como a todo operador que lo solicite, para prestar servicios de telecomunicaciones, audiovisuales o convergentes. 3 .- Comunicar a la COOPERATIVA DE EMPRENDIMIENTOS MULTIPLES SUDECOR LITORAL LIMITADA, que deberá dar cumplimiento a las obligaciones, en cuanto a la preservación de las condiciones competitivas en la localidad de BELL VILLE, provincia de CÓRDOBA. 4 .- El presente registro no presupone la obligación del ESTADO NACIONAL, de garantizar la disponibilidad de frecuencias del espectro radioeléctrico, para la prestación del servicio registrado, debiendo la autorización, y/o el permiso de uso de frecuencias del espectro radioeléctrico, tramitarse ante este ENACOM. 5 .- Notifíquese al interesado. 6 .- Comuníquese, publíquese. Firmado: Silvana Myriam Giudici, Presidenta, Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas
Silvana Beatriz Rizzi, Jefe de Área, Área Despacho, Ente Nacional de Comunicaciones.
e. 23/08/2018 N° 61016/18 v. 23/08/2018
Fecha de publicación 23/08/2018