MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA
Resolución 256/2018
RESOL-2018-256-APN-MA
Ciudad de Buenos Aires, 23/08/2018
Visto el Expediente Nº EX-2018-13374051- -APN-DDYME#MA del Registro del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018, aprobado por la Ley N° 27.431, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P), homologado por el Decreto N° 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, el Decreto Nº 1.764 de fecha 26 de agosto de 2015, la Resolución Conjunta Nº 99 de fecha 28 de junio de 1993 del ex- Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos y de la ex- Secretaría de la Función Pública del ex- Ministerio del Interior y las Resoluciones Nros. 158 de fecha 2 de agosto de 1993 de la entonces Secretaría de la Función Pública y 33 de fecha 16 de marzo de 2009 de la ex- Secretaría de Gabinete y Gestión Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la asignación del Suplemento por Función Específica de Carácter Informático a favor del agente D. Pablo Nicolás FABIANO (M.I. Nº 32.523.255), quien fuera designado en la Planta Permanente de la Dirección de Informática de la ex – SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA mediante Decreto Nº 1.764 de fecha 26 de agosto de 2015, en el Nivel C, del Agrupamiento General, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P), homologado por el Decreto N° 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.
Que por la Resolución Conjunta Nº 99 de fecha 28 de junio de 1993 del ex- Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos y de la ex- Secretaría de la Función Pública del ex- Ministerio del Interior, se aprueba el Nomenclador de Funciones Informáticas correspondiente al personal comprendido en el Agrupamiento General que desempeña tales funciones.
Que mediante la Resolución Nº 158 de fecha 2 de agosto de 1993 de la entonces Secretaría de la Función Pública se aprueba la “Declaración Jurada de Funciones Informáticas Desempeñadas por el Agente” y el “Instructivo para la Confección de las Declaraciones Juradas”.
Que en el Artículo 87 del Anexo al citado Decreto Nº 2.098/08, se establece que el Suplemento por Función Específica consistirá en una suma comprendida entre el quince por ciento (15 %) y el setenta por ciento (70 %) de la Asignación Básica del Nivel Escalafonario de revista del trabajador.
Que el Artículo 116 del Anexo al citado Decreto Nº 2098/08, establece que “Hasta tanto se establezca el Nomenclador para el pago del Suplemento por Función Específica, se mantendrá el régimen y montos actualmente percibidos por los empleados a la fecha de entrada en vigencia del presente convenio”.
Que el agente involucrado en la medida no registra incompatibilidad para la percepción del suplemento mencionado, conforme lo estipulado en Artículo 94 del Anexo al referido Decreto Nº 2.098/08.
Que la Oficina Nacional de Empleo Público de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO y la Oficina Nacional de Tecnologías de Información de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DIGITAL E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA, ambas del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN han tomado la intervención de su competencia.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado la intervención que le compete.
Que esta medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 3° de la Resolución Nº 33 de fecha 16 de marzo de 2009 de la ex- Secretaría de Gabinete y Gestión Pública de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Por ello,
EL MINISTRO DE AGROINDUSTRIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Asígnase el Suplemento por Función Específica de Carácter Informático al agente detallado en el Anexo que, registrado con el N° IF-2018-35756962-APN-DGRRHH#MA integra la presente medida, conforme el porcentaje y a partir de la fecha que allí se indica.
ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará a las partidas específicas del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, para el Ejercicio 2018.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Luis Miguel Etchevehere
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 27/08/2018 N° 61837/18 v. 27/08/2018
Fecha de publicación 27/08/2018