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Primera sección


MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA

Decisión Administrativa 1539/2018

DA-2018-1539-APN-JGM - Transfiérense agentes.

Ciudad de Buenos Aires, 27/08/2018

VISTO el Expediente N° EX-2017-17041589-APN-DMEYN#MHA, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018 aprobado por la Ley N° 27.431, el Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002 y su modificatorio, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la solicitud realizada por el MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, relativa a la transferencia de los agentes de la planta permanente de la Unidad Secretario de la SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA del MINISTERIO DE HACIENDA, Miguel DONATELLI (M.I. N° 17.938.879), Nivel B, Grado 7, Agrupamiento Especializado, Tramo Intermedio, Daniel Fernando MIGUEZ (M.I. N° 20.403.709) Nivel B, Grado 8, Agrupamiento Especializado, Tramo Intermedio, Fernando Daniel MONTI NAZHA (M.I. N° 20.959.188), Nivel B, Grado 6, Agrupamiento Especializado, Tramo General, Gustavo Delmiro RODRIGUEZ VAZQUEZ (M.I. N° 20.425.142), Nivel B, Grado 6, Agrupamiento Especializado, Tramo Intermedio, todos del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal, homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios.

Que en virtud de ello, teniendo en cuenta el actual contexto de restricción del gasto público y a fin de no generar incrementos en las partidas presupuestarias correspondientes al artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 6 del 12 de enero de 2018, complementado por el artículo 1° de su similar N° 338 del 16 de marzo de 2018, procede transferir a los agentes en cuestión a la planta permanente del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, lo que conlleva también los cargos y oportunamente sus respectivos créditos presupuestarios.

Que los agentes citados en el primer considerando han prestado su conformidad a sus respectivas transferencias, manifestando que ello no les ocasiona menoscabo moral ni económico.

Que el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado la intervención que le compete.

Que han tomado intervención los servicios jurídicos competentes de las Jurisdicciones involucradas.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el artículo 15, inciso b), apartado IV del Anexo I del Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002 y su modificatorio.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Transfiérense, a partir de la fecha de la presente medida, del ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA a la órbita del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA a los agentes de la planta permanente de la Unidad Secretario de la SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA del Ministerio citado en primer término, Miguel DONATELLI (M.I. N° 17.938.879) Nivel B, Grado 7, Agrupamiento Especializado, Tramo Intermedio, Daniel Fernando MIGUEZ (M.I. N° 20.403.709), Nivel B, Grado 8, Agrupamiento Especializado, Tramo Intermedio, Fernando Daniel MONTI NAZHA (M.I. N° 20.959.188) Nivel B, Grado 6, Agrupamiento Especializado, Tramo General y Gustavo Delmiro RODRIGUEZ VAZQUEZ (M.I. N° 20.425.142), Nivel B, Grado 6, Agrupamiento Especializado, Tramo Intermedio, todos del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal, homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, con sus respectivos cargos y niveles escalafonarios.

ARTÍCULO 2°.- Los agentes transferidos en virtud de lo dispuesto en el artículo 1° de la presente medida, mantendrán sus actuales niveles, grados, tramos y agrupamientos de revista alcanzados en sus carreras administrativas.

ARTÍCULO 3°.- Establécese que hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, la atención de la erogación emergente de las transferencias dispuestas en el artículo 1° de la presente decisión administrativa, se realizará con cargo a los créditos presupuestarios de la Jurisdicción de origen.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Nicolas Dujovne - Luis Miguel Etchevehere

e. 28/08/2018 N° 62772/18 v. 28/08/2018

Fecha de publicación 28/08/2018