INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución 1319/2018
RESOL-2018-1319-APN-INCAA#MC
Ciudad de Buenos Aires, 27/08/2018
VISTO el EX 2018 – 32861092 – APN – GA#INCAA, Del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, las Resoluciones INCAA, N° 311 de fecha 10 de febrero de 2012, y N° 1264 de fecha 29 de junio de 2016; y
CONSIDERANDO:
Que la Agencia de Promoción internacional de la Industria Audiovisual, solicita el alquiler de las instalaciones que servirán de base operativa de la 33° Edición del Festival Internacional de Cine de Mar del Plata, acorde a los requerimientos operativos del evento, a llevarse a cabo en la Ciudad de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires, desde el 8 de noviembre de 2018 al 18 de noviembre de 2018.
Que el Festival Internacional de Cine de Mar del Plata es un festival de clase A (uno de los dieciséis que se celebran anualmente y el único en su tipo en Latinoamérica), calificación otorgada por la International Federation of Film Producers Associations (FIAPF) que recomienda que el establecimiento debe contar con: salón de al menos 900m2, hotel de categoría (mínimo 4 estrellas), disponibilidad de 100 habitaciones, proximidad respecto de la sede principal del evento a menos de 800 metros, un foyer recepción que permita organizar el Punto de Encuentro.
Que se consultó al ENTE MUNICIPAL DE TURISMO DE MAR DEL PLATA (EMTUR) sobre hoteles que se encuentren en la Ciudad de Mar del Plata próximos al Teatro Auditorium (sito en Boulevard Marítimo 2380) que será la sede central y punto neurálgico de la 33° edición del Festival Internacional de Cine de Mar del Plata el cual especificó los establecimientos que se encuentran en el radio solicitado y con las especificaciones según las necesidades de esta Unidad.
Que la Agencia de Promoción internacional de la Industria Audiovisual consideró indispensable para el correcto desarrollo del evento, realizar un convenio con el HOTEL ASTOR SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL, gerenciadora del Gran Hotel Dora que se transformará en la SEDE del 33° Festival, al cual se le contratará 100 habitaciones diarias incluyendo el servicio de desayuno buffet (base single o doble) durante los 10 días del Festival, total de habitaciones 1000, 300 habitaciones (base single o doble) para utilizar antes y después del desarrollo del Festival, 1000 comidas (menú dos pasos plato principal y postre más bebida sin alcohol), 1000 comidas nivel ejecutivo (menú tres pasos entrada, plato principal y postre más bebida sin y con alcohol), salón dorado, (1° piso), microcine (7° piso), foyer (7° piso) salón del mar (7° piso) y Lobby bar para ser utilizados según sus necesidades por la suma total de PESOS TRES MILLONES CIENTO SESENTA Y CINCO MIL ($ 3.165.000), cuya forma de pago es 50% del total del servicio contratado durante la segunda quincena del mes de agosto, 25% durante la primera quincena de Octubre y el 25% final en la segunda quincena de Noviembre después de finalizar el Festival.
Que corresponde requerir a la contratada una contragarantía por el equivalente de los montos que reciba como adelanto, según surge del convenio respectivo, en acuerdo a lo establecido en la Resolución INCAA Nº 311/12 y sus modificatorias (Reglamento General de Compras y Contrataciones).
Que la Gerencia de Coordinación y control de Gestión tomó la intervención de su competencia.
Que la Subgerencia de Asuntos Jurídicos del INCAA tomó la intervención de su competencia según Dictamen Nº IF-2018-39389575-APN-SGAJ#INCAA.
Que en consecuencia, por las razones expuestas y en el marco del artículo 31 inciso b) apartado 4 del Régimen de Compras y Contrataciones del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, aprobado por la Resolución INCAA 311/12 y modificatorias, corresponde contratar el servicio objeto de estas actuaciones con el HOTEL ASTOR SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL, celebrándose un convenio donde se establezcan las condiciones del mismo y cuyo proyecto forma parte integrante la presente Resolución.
Que la facultad para el dictado de la presente surge de la Ley N° 17.741 (t.o 2001) y sus modificatorias y el Decreto N° 324/17.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar la Contratación Directa Nº 81/18 y el convenio a celebrarse entre el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES y el HOTEL ASTOR SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL, gerenciadora del Gran Hotel Dora de la Ciudad de Mar del Plata, que se transformará en la SEDE del 33° FESTIVAL INTERNACIONAL DE CINE DE MAR DEL PLATA desde el 8 de Noviembre al 18 de Noviembre de 2018 por la suma total de PESOS TRES MILLONES CIENTO SESENTA Y CINCO MIL ($3.165.000,-), cuya forma de pago será del 50% del total del servicio contratado durante la segunda quincena del mes de agosto, del 25% durante la primera quincena de Octubre y el 25% final en la segunda quincena de Noviembre después de finalizar el Festival.
ARTÍCULO 2°.- Imputar el gasto a la partida respectiva, sujeto a disponibilidad presupuestaria del Organismo.
ARTÍCULO 3º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Ralph Douglas Haiek
e. 28/08/2018 N° 62584/18 v. 28/08/2018
Fecha de publicación 28/08/2018