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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA

Resolución 284/2018

RESOL-2018-284-APN-MA

Ciudad de Buenos Aires, 28/08/2018

VISTO el Expediente N° EX-2017-17811234- -APN-DNTYA#SENASA del Registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018 aprobado por la Ley N° 27.431, los Decretos Nros. 1.585 del 19 de diciembre de 1996, modificado por sus similares Nros. 237 del 26 de marzo de 2009, 825 del 10 de junio de 2010 y 354 del 4 de abril de 2013; 1.421 del 8 de agosto de 2002 y 355 del 22 de mayo de 2017, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007, la Resolución Conjunta Nº 89 y Nº 16 del 13 de febrero de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la citada ex-Secretaría y de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de 2010 del citado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la órbita del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, las Resoluciones Nros. 805 del 9 de noviembre de 2010 y sus modificatorias y 301 del 12 de junio de 2012 y sus modificatorias, ambas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 1.585 del 19 de diciembre de 1996, modificado por sus similares Nros. 237 del 26 de marzo de 2009, 825 del 10 de junio de 2010 y 354 del 4 de abril de 2013, se aprobó la estructura organizativa del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.

Que por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007, se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN.

Que por la Resolución N° 805 del 9 de noviembre de 2010, modificada por su similar N° 466 del 17 de octubre de 2014, ambas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, se aprobó la estructura organizativa de las aperturas inferiores de segundo nivel operativo del citado Servicio Nacional.

Que mediante la Resolución N° 301 del 12 de junio de 2012 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA organismo descentralizado en la órbita del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y sus modificatorias, se fijaron las funciones de Jefatura correspondientes a los Niveles I y II (Coordinaciones Programáticas y Departamentos), previstas en el Artículo 46 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del citado Servicio Nacional, entre ellos, el Departamento de Gestión Técnica-Jurídica y Administrativa dependiente de la Coordinación General de Contenciosos y Gestión Técnica y Jurídica de la Dirección de Asuntos Jurídicos del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA.

Que en virtud de encontrarse vacante el cargo de titular del citado Departamento y a fin de no resentir las actividades propias del referido Servicio Nacional, resulta necesario propiciar la asignación transitoria de funciones en dicho cargo al agente de la Planta Permanente Procurador D. Carlos Alberto José LIO (M.I. N° 10.398.650).

Que dicha asignación se enmarca en lo previsto en el Artículo 15, inciso a), apartado II del Anexo I del Decreto N° 1.421 del 8 de agosto de 2002, cumpliendo el citado profesional con los requisitos exigidos para situación escalafonaria correspondiente al cargo de que se trata.

Que por el Artículo 3° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017 se dispuso, entre otros aspectos, que los Ministros y los Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN serán competentes para disponer asignaciones transitorias de funciones en sus respectivas jurisdicciones.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.

Que el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha intervenido en los términos previstos en el Artículo 3º del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo establecido en el Artículo 3° del citado Decreto N° 355/17.

Por ello,

EL MINISTRO DE AGROINDUSTRIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Dánse por asignadas transitoriamente, por el término de SEIS (6) meses contados a partir del dictado de la presente medida, las funciones de Jefe del Departamento de Gestión Técnica-Jurídica y Administrativa dependiente de la Coordinación General de Contenciosos y Gestión Técnica y Jurídica de la Dirección de Asuntos Jurídicos del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, al Procurador D. Carlos Alberto José LIO (M.I. N° 10.398.650), quien revista en la Planta Permanente en el Agrupamiento Administrativo, Categoría Profesional, Tramo Superior, Grado 1 (e2), Nivel de Jefatura II, previsto en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del citado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007.

ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será imputado con cargo a las partidas específicas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, para el ejercicio vigente a la fecha de la presente resolución.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Luis Miguel Etchevehere

e. 30/08/2018 N° 63210/18 v. 30/08/2018

Fecha de publicación 30/08/2018