MINISTERIO DE ENERGÍA SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA
Disposición 134/2018
DI-2018-134-APN-SSEE#MEN
Ciudad de Buenos Aires, 28/08/2018
VISTO el Expediente Nº S01:0277001/2016 del Registro del ex MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, y
CONSIDERANDO:
Que la firma Y-GEN ELÉCTRICA II SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (Y-GEN ELÉCTRICA II S.R.L.) solicitó su habilitación como Agente Generador del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) para su Central Térmica Tucumán II (El Bracho) de DOSCIENTOS SESENTA Y UNO CON DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE MILÉSIMOS MEGAVATIOS (261,287 MW) de potencia nominal, instalada en la localidad de El Bracho, Provincia de TUCUMÁN, conectándose al SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXIÓN (SADI) en el pórtico de QUINIENTOS KILOVOLTIOS (500 kV) de YPF ENERGÍA ELÉCTRICA SOCIEDAD ANÓNIMA, vinculada a la Estación Transformadora El Bracho 500 kV, jurisdicción de la COMPAÑÍA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN ALTA TENSIÓN TRANSENER SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSENER S.A.).
Que mediante la Nota B-116229-1 del 25 de abril de 2017 la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) informa que Y GEN ELÉCTRICA II S.R.L. cumple los requisitos exigidos en los Puntos 5.1 y 5.2 del Anexo 17 de Los Procedimientos para su ingreso y administración del MEM.
Que mediante la Resolución N° 338 del 25 de octubre de 2016, la Dirección de Medio Ambiente de la Provincia de TUCUMÁN, resuelve otorgar el Certificado de Aptitud Ambiental a la Obra Central Térmica El Bracho, Complejo Generación Tucumán presentado por la firma Y-GEN ELÉCTRICA II S.R.L.
Que Y-GEN ELÉCTRICA II S.R.L. ha cumplido con las exigencias de la normativa vigente en cuanto al aporte de documentación societaria y comercial.
Que la solicitud de ingreso al MEM de la Central Térmica Tucumán II (El Bracho) se publicó en el Boletín Oficial Nº 33.642 del 9 de junio de 2017 sin haberse recibido objeciones que impidan el dictado de la presente.
Que la ex SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA TÉRMICA, TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA ha tomado la intervención de su competencia.
Que por el artículo 11 de la Resolución N° 6 del 25 de enero de 2016 del ex MINISTERIO DE ENERGÍA Y MIENRÍA se delegaron en la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del citado ex Ministerio las facultades que fueran asignadas a la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, según los artículos 35, 36 y 37 de la Ley N° 24.065.
Que por el Decreto N° 174 del 2 de marzo de 2018 y sus modificatorias se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría.
Que por el artículo 1° de la Resolución N° 64 del 6 de marzo de 2018 del ex MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, quedaron a cargo de esta Subsecretaría, entre otras, las facultades referidas por el citado artículo 11 de la Resolución N° 6/2016.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 35 y 36 de la Ley N° 24.065 y por el artículo 1° de la Resolución N° 64/2018 del ex MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA y su modificatoria.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE ENERGÍA ELÉCTRICA
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Autorízase el ingreso como Agente Generador del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) a la firma Y-GEN ELÉCTRICA II SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (Y-GEN ELÉCTRICA II S.R.L.) para su Central Térmica Tucumán II (El Bracho) de DOSCIENTOS SESENTA Y UNO CON DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE MILÉSIMOS MEGAVATIOS (261,287 MW) de potencia nominal, instalada en la localidad de El Bracho, Provincia de TUCUMÁN, conectándose al SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXIÓN (SADI) en el pórtico de QUINIENTOS KILOVOLTIOS (500 kV) de YPF ENERGÍA ELÉCTRICA SOCIEDAD ANÓNIMA, vinculada a la Estación Transformadora El Bracho 500 kV, jurisdicción de la COMPAÑÍA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN ALTA TENSIÓN TRANSENER SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSENER S.A.).
ARTÍCULO 2º.- Instrúyase a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) a efectos que los sobrecostos que se ocasionen a los demás Agentes del MEM y las penalidades que deban abonar los prestadores de la Función Técnica del Transporte (FTT) derivadas de eventuales indisponibilidades con motivo del ingreso que este acto autoriza, sean cargadas a la firma Y GEN ELÉCTRICA II S.R.L., titular de la Central Térmica Tucumán II (El Bracho), en su vínculo de interconexión con el SADI. A este efecto se faculta a CAMMESA a efectuar los correspondientes cargos dentro del Período Estacional en que dichos sobrecostos o penalidades se produzcan.
ARTÍCULO 3º.- Notifíquese a Y-GEN ENERGÍA II S.R.L., a CAMMESA, a TRANSENER S.A., a YPF ENERGÍA ELÉCTRICA S.A. y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de este Ministerio.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Juan Alberto Luchilo
e. 30/08/2018 N° 63246/18 v. 30/08/2018
Fecha de publicación 30/08/2018