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3 de Mayo de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS - DIRECCIÓN REGIONAL ADUANERA HIDROVÍA - ADUANA DE DIAMANTE

Se hace saber que se ha resuelto Correr Vista en los términos del Art. 1101 de la Ley 22.415, de las actuaciones sumariales que se decriben por el término de diez (10) días hábiles para que se presente a estar a derecho bajo apercibimiento de ser declarado rebelde (Art. 1105 del citado texto legal), a efectos del pago de la multa y tributos que corresponden.

SUMARIOSUMARIADOMULTA MÍNIMATRIBUTOSINFRACCIÓN
020-SC-4-2017/8PERRULAS MARQUEZ, Natan$28.026,98$14.549,88Art. 986

Pedro Enrique Moran, Administrador de Aduana, Aduana Diamante, Administración Federal de Ingresos Públicos.

e. 03/09/2018 N° 64025/18 v. 03/09/2018

Fecha de publicación 03/09/2018