Edición del
8 de Mayo de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SEGURIDAD SECRETARÍA DE COORDINACIÓN, FORMACIÓN Y CARRERA

Resolución 52/2018

RESOL-2018-52-APN-SCFYC#MSG

Ciudad de Buenos Aires, 31/08/2018

VISTO el Expediente EX-2018-38510311- -APN-SSFYCPFPYS#MSG del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley de Ministerios N° 22.520 (TO por Decreto Nº 438/1992) y modificatorias; la Ley N° 26.102 de Seguridad Aeroportuaria; la Ley N° 23.028 Ley General de la Prefectura Naval Argentina del Régimen de Retiros y Pensiones de Policía” de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA; la Ley N° 19.349 de GENDARMERÍA NACIONAL ARGENTINA y su modificatoria Ley N° 22534; el Decreto N° 836 de fecha 19 de mayo de 2008 Régimen Profesional del Personal Policial de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA y las Resoluciones del MINISTERIO DE SEGURIDAD Nº 199 de fecha 29 de abril de 2011; N° 190 de fecha 13 de mayo de 2016; N° 225 de fecha 7 de junio 2016 y N° 804 E de fecha 9 de agosto de 2017, y

CONSIDERANDO

Que con el objeto de dar cumplimiento a uno de los lineamientos estratégicos del MINISTERIO DE SEGURIDAD relacionado con incrementar la efectividad de las fuerzas policiales y de seguridad federales, es necesario contar con un personal policial capaz de afrontar delitos que se complejizan a medida que avanza el desarrollo tecnológico y el conocimiento.

Que, según lo establecido en la Resolución N° 199/11 del MINISTERIO DE SEGURIDAD, para alcanzar, mantener y garantizar la seguridad interior es indispensable que los recursos humanos de los cuerpos policiales y fuerzas de seguridad se formen y actúen conforme a doctrinas, técnicas y prácticas profesionales que contemplen las particularidades específicas del trabajo que desempeñarán.

Que la especificidad de la función policial obligan a las máximas autoridades políticas a definir las características de la incorporación, los objetivos de la formación del personal, las cualidades que ésta debe tener y las condiciones en las que se desarrolla el proceso formativo, el que deberá adecuarse al marco normativo fijado por las normas vigentes.

Que, según lo establecido en la Resolución N° 804 E/17 del MINISTERIO DE SEGURIDAD, las fuerzas de seguridad federales, por intermedio de sus respectivas áreas competentes, deberán producir y/o solicitar los informes pertinentes para evaluar antecedentes académicos, condiciones socio-ambientales, antecedentes penales y todo otro elemento que, de conformidad con la legislación vigente, resulte de utilidad para determinar la aptitud e idoneidad de las personas aspirantes a integrar dichas instituciones y permita establecer el correspondiente orden de mérito de ingreso a las mismas.

Que es competencia de este Ministerio la fijación de políticas educativas en las áreas de su responsabilidad, como así también organizar y/o estructurar las dependencias educativas de las fuerzas de su jurisdicción, a efectos de optimizar la formación acorde a las altas exigencias que hoy presentan las distintas áreas de aplicación, en concordancia con la estructura educativa nacional en el marco de una sociedad democrática.

Que, en ese orden de ideas, resulta conveniente reforzar las herramientas con las que las Fuerzas Policiales y de Seguridad cuentan para evaluar la aptitud e idoneidad de los aspirantes a ingresar a las mismas, siguiendo el propósito del PODER EJECUTIVO NACIONAL de optimizar y jerarquizar los recursos humanos destinados a tareas de seguridad en el ámbito federal, en un marco de cumplimiento irrestricto del marco normativo vigente.

Que todo ello impone revisar y cualificar el proceso formativo, comenzando por la instancia de selección de los ingresantes a las siguientes fuerzas federales: PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, GENDARMERÍA NACIONAL y POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le corresponde.

Que, el suscripto resulta competente para el dictado de la presente Resolución conforme lo establecido por el Decreto 174/2018 en el apartado XV del Anexo II modificatorio del Decreto Nº 357, de fecha 22 de febrero de 2002.

Por ello,

EL SECRETARIO DE COORDINACIÓN, FORMACIÓN Y CARRERA

RESUELVE:

ARTICULO 1°- Constitúyanse en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE FORMACIÓN Y CARRERA, perteneciente a la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN, FORMACIÓN Y CARRERA DEL MINISTERIO DE SEGURIDAD, mesas de trabajo con el fin de elaborar las propuestas integrales de Curso de Ingreso para cada fuerza, contemplando las particularidades de cada proceso y plasmando en cada propuesta las modificaciones normativas y logísticas que se deberán desarrollar para la eficiente implementación. Los Proyectos deberán ser elaborados en base a los criterios y metodología establecidos en el Anexo I que forma parte de la presente como documento GDE IF-2018-39097505-APN-SSFYCPFPYS#MSG. Las mismas deberán ser elevadas para su aprobación y posterior implementación en un plazo de CUARENTA Y CINCO (45) días corridos.

ARTICULO 2°.- La SUBSECRETARÍA DE FORMACIÓN Y CARRERA DEL PERSONAL DE LAS FUERZAS POLICIALES Y DE SEGURIDAD, mediante la DIRECCIÓN DE INGRESO DEL PERSONAL DE LAS FUERZAS POLICIALES Y DE SEGURIDAD, será quien presidirá las mesas de trabajo, monitoreando y promoviendo las medidas que se requieran para garantizar la implementación del CURSO DE INGRESO, durante el presente ciclo lectivo y los subsiguientes.

ARTÍCULO 3°- Instrúyase a los Jefes de la GENDARMERÍA NACIONAL, PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Y POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA a incorporar e implementar la instancia de un Curso de Ingreso en el proceso de admisión, resultante de las Mesas de Trabajo, a dichas fuerzas federales en el año 2018 para los aspirantes a ingresar en el 2019.

ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Alberto Fernando Fohrig

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 04/09/2018 N° 64518/18 v. 04/09/2018

Fecha de publicación 04/09/2018