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ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Sintetizada 5034/2018

RESOL-2018-5034-APN-ENACOM#MM FECHA 23/8/2018 ACTA 36

EXPCOMFER 2056.00.0/2006

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Adjudicar a la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE LOS ADVENTISTAS DEL SEPTIMO DÍA, una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia que operará en el Canal 263, frecuencia 100.5 MHz., Categoría E, identificada con la señal distintiva LRP810, de la localidad de VILLA GESELL, provincia de BUENOS AIRES. 2 .- El plazo de la licencia adjudicada abarcará un período de QUINCE (15) años, contados a partir de la fecha del acto administrativo de autorización de inicio de emisiones regulares, a cuyo vencimiento podrá ser prorrogada a solicitud del licenciatario. 3 .- Otorgar un plazo de CIENTO VEINTE (120) días corridos contados a partir de la publicación de la presente, para que el licenciatario envíe la documentación técnica correspondiente. 4 .- El monto de la garantía de cumplimiento de contrato, asciende a la suma de PESOS DIEZ MIL CIENTO VEINTE ($ 10.120-), debiendo el depósito constituirse en alguna de las modalidades prescriptas dentro de los TREINTA (30) días corridos de publicada la presente. 5 .- Establecer que dentro de los TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días corridos de publicada la presente, la estación deberá estar instalada acorde con el proyecto aprobado e iniciar sus emisiones regulares, previa habilitación conferida por este organismo. 6 .- La adjudicataria deberá cumplir con el pago del gravamen correspondiente al servicio adjudicado, desde la fecha de su presentación al Régimen de Normalización, dentro de los CIENTO VEINTE (120) días de otorgada la licencia, de así corresponder. 7 .- El licenciatario asumirá la responsabilidad de realizar los trámites pertinentes ante la ANAC, con relación a la altura de la estructura soporte de antenas a instalar y el cumplimiento de las normas correspondientes emanadas de dicho organismo. El alcance de la licencia adjudicada por el presente, se limita a los parámetros técnicos asignados, no comprendiendo obras de infraestructura civil, fiscalización del espacio aéreo ni otros ajenos a la competencia del ENACOM. 8º.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese. Firmado: Silvana Myriam Giudici, Presidenta, Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas

Silvana Beatriz Rizzi, Jefe de Área, Área Despacho, Ente Nacional de Comunicaciones.

e. 04/09/2018 N° 64764/18 v. 04/09/2018

Fecha de publicación 04/09/2018