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JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decisión Administrativa 1596/2018

DA-2018-1596-APN-JGM

Ciudad de Buenos Aires, 05/09/2018

VISTO el Expediente N° EX-2017-32327787-APN-DDYME#JGM, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y su Decreto Reglamentario N° 1421 del 8 de agosto de 2002 y su modificatorio, la Ley de Nº 27.431, el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, la Decisión Administrativa Nº 3 del 21 de enero de 2004 y sus modificatorias y la Resolución de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación de los contratos suscriptos, ambos ad referéndum del señor Jefe de Gabinete de Ministros, entre el titular de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y Federico Guillermo Aurelio DI PAOLA (D.N.I. N° 93.640.264), de acuerdo con las previsiones del Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002 y su modificatorio.

Que por el artículo 9° del Anexo I del decreto citado en el considerando anterior se establecieron las prescripciones a las que estarán sujetas las contrataciones del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante la Resolución de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, las pautas para la aplicación de las mismas.

Que los antecedentes personales, la capacitación y experiencia con la que cuenta el agente de que se trata, de nacionalidad estadounidense, se ajustan estrictamente al perfil de las tareas a desarrollar, por lo que resultaría beneficioso contar con la colaboración del agente en cuestión.

Que el Capítulo II, artículo 4º, inciso a) del Anexo de la Ley N° 25.164 prevé la excepción del cumplimiento del requisito de nacionalidad para el ingreso a la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL.

Que el agente involucrado en la presente medida se encuentra afectado exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9° del Anexo I del Decreto N°1421/02 y su modificatorio.

Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios.

Que el agente propuesto no cumple con los requisitos para el Nivel B, no obstante y tal como surge de los antecedentes curriculares del mismo, estos resultan atinentes al objetivo de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mencionadas funciones, por lo que procede aprobar la contratación del mismo, como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421/02 y su modificatorio, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164.

Que el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN en orden a lo dispuesto en los artículos 1° del Decreto N° 735 del 1° de junio de 2016 y 4° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017, ha intervenido y se ha expedido favorablemente respecto a la autorización y aprobación de la contratación como excepción a la normativa citada en el considerando precedente.

Que el agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 18 de diciembre de 2017, por lo que procede aprobar la respectiva contratación con efectos a esa fecha.

Que dicha contratación ha sido comunicada fehacientemente al MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, en los términos del artículo 8° del Decreto N° 355/17.

Que previo a dar trámite a la presente medida, las áreas competentes de la Jurisdicción han verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los artículos 4°, inciso a) del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y 4° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Exceptúase al agente Federico Guillermo Aurelio DI PAOLA (D.N.I. N° 93.640.264), de nacionalidad estadounidense, del requisito de nacionalidad que para el ingreso a la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL se establece en el Capítulo ll, artículo 4º, inciso a) del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.

ARTÍCULO 2º.- Apruébase, con efectos al 18 de diciembre de 2017 y hasta el 31 de diciembre de 2017, el contrato suscripto ad referéndum del señor Jefe de Gabinete de Ministros, entre el titular de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y Federico Guillermo Aurelio DI PAOLA (D.N.I. N° 93.640.264), quien desempeña funciones de Asesor Especializado en Planeamiento Estratégico en la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL de esta Jurisdicción, equiparado al Nivel B - Grado 0, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, conforme lo estipulado en la Resolución de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias y con carácter de excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002 y su modificatorio, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, conforme la intervención del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

ARTÍCULO 3º.- Apruébase, con efectos al 1° de enero de 2018 y hasta el 31 de diciembre de 2018, el contrato suscripto ad referéndum del señor Jefe de Gabinete de Ministros, entre el titular de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y Federico Guillermo Aurelio DI PAOLA (D.N.I. N° 93.640.264), quien desempeña funciones de Asesor Especializado en Planeamiento Estratégico en la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL de esta Jurisdicción, equiparado al Nivel B - Grado 0, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, conforme lo estipulado en la Resolución de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias y con carácter de excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002 y su modificatorio, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, conforme la intervención del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas vigentes del Presupuesto de la Jurisdicción 25 – JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Rogelio Frigerio

e. 06/09/2018 N° 65861/18 v. 06/09/2018

Fecha de publicación 06/09/2018