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9 de Mayo de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS - DIRECCIÓN REGIONAL ADUANERA HIDROVÍA - ADUANA DE ROSARIO

EDICTO

REF. SIGEA 18734-3-2017,SA52-39/2018-1 y habiéndose dictado resolutorio se NOTIFICA a PEREYRA PRISCILA APARECIDA Pasaporte N° FR573162., la Resolución Nº 86/18 (AD ROSA) de fecha 23/02/18 recaída en los actuados, que dice: “VISTO:... CONSIDERANDO:... RESUELVE: ARTICULO 1º: INSTRUIR Sumario Contencioso en los términos del Art. 1090 inc. c) del C.A., por presunta infracción al Arts. 977 ap. 2° del C.A., imputándosele tal contravención a la pasajera PEREIRA PRISCILLA APARECIDA, con Pasaporte N° FR573162, domicilio denunciado en calle Micheletti 1731 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe. ARTICULO 2º: CORRER VISTA de todo lo actuado al imputado en los términos del Art. 1101 del C.A. por el término de diez (10) días hábiles administrativos; para que evacúe su defensa, ofrezca toda la prueba conducente y constituya domicilio dentro del radio urbano de esta Aduana, en caso de concurrir a estar a derecho por interpósita persona, el presentante deberá acreditar la invocada personería, en mérito de lo estatuído por los Arts. 1030, 1031, 1032 y 1033; debiendo darse cumplimiento a lo normado en el Art. 1034, todos del C.A.; HÁGASELE saber que conforme lo prescrito en los Arts. 930 y 932 del C.A., en las infracciones reprimidas con pena de multa y comiso, la acción penal se extingue por el pago voluntario de la multa mínima y por el abandono a favor del Estado de la mercadería en cuestión, con la entrega de ésta en zona primaria aduanera, como también la no registración de los antecedentes infraccionales; correspondiendo dicha multa a la suma de PESOS CUARENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS VEINTICUATRO ($ 41.424); todo ello dentro del plazo previsto en el Art. 1101 del C.A.; todo ello dentro del plazo previsto en el Art. 1101 del C.A. ARTICULO 3º: REGISTRESE, tómese razón por Sección Sumarios, CARATULESE y CUMPLIMENTENSE las Resoluciones 4475/80, 5035/80 y 3121/85. NOTIFIQUESE. Firmado Ing. Agr. Juan José Lionello, a/cargo, Div. Aduana de Rosario. Direccion Regional Aduanera Hidrovia.

Juan Jose Lionello, Empleado Administrativo A/C, Aduana Rosario, Administración Federal de Ingresos Públicos.

e. 07/09/2018 N° 65926/18 v. 07/09/2018

Fecha de publicación 07/09/2018