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PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 1605/2018

DA-2018-1605-APN-JGM - Modificación Presupuestaria.

Ciudad de Buenos Aires, 07/09/2018

VISTO el Expediente N° EX-2018-42006718-APN-DGD#MHA, la Ley N° 27.431 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018 y la Decisión Administrativa N° 6 del 12 de enero de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que se modifican los créditos vigentes del HONORABLE SENADO DE LA NACIÓN del PODER LEGISLATIVO NACIONAL a fin de incluir la Cooperación Técnica No Reembolsable del Banco Interamericano de Desarrollo N° ATN/AA-16644-AR “Diagnóstico de Acciones de Modernización, Fortalecimiento y Transparencia de la Secretaría Parlamentaria del Honorable Senado de la Nación”.

Que se refuerzan los créditos vigentes de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, actuante en el ámbito del PODER JUDICIAL NACIONAL para hacer frente al normal funcionamiento del Alto Tribunal.

Que a los fines de atender los mayores gastos en personal y otras erogaciones, resulta necesario incrementar el presupuesto vigente de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, organismo descentralizado actuante en la órbita de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que corresponde reforzar los créditos de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD organismo descentralizado actuante en la órbita de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN destinados a la atención médica de los pensionados no contributivos.

Que, a fin de financiar gastos de las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional, se rebajan créditos de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que resulta necesario incrementar el presupuesto vigente del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM), a los fines del pago del Fondo Nacional de Incentivo Docente al personal del Instituto Superior de Enseñanza Radiofónica (ISER).

Que el incremento citado en el considerando precedente se financia con reducción en los créditos asignados al MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA.

Que es necesario reforzar el presupuesto vigente del REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, con la finalidad de afrontar los gastos relacionados a la producción del “Nuevo D.N.I.” y del Pasaporte Electrónico.

Que el refuerzo mencionado en el considerando precedente se financia mediante la incorporación de recursos propios.

Que, asimismo, con el objeto de atender necesidades operativas y de inversión, se incrementan los créditos vigentes de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, financiando los mismos mediante la incorporación de recursos propios.

Que se propicia reforzar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO para atender obligaciones con diversos Organismos Internacionales.

Que es menester adecuar los créditos vigentes del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, a fin de incorporar el préstamo FONPLATA ARG-34/2017 destinado al Programa de Fortalecimiento Institucional de las Justicias Provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

Que resulta necesario incrementar el presupuesto del MINISTERIO DE SEGURIDAD, con el objeto de incorporar los excedentes de recaudación del Ejercicio 2008 correspondientes a la contribución obligatoria a las Asociaciones Integrantes del Sistema de Bomberos Voluntarios de la República Argentina, atento lo dispuesto en la sentencia del 26 de diciembre de 2017 de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN en los autos caratulados “Consejo Federación Bomberos Voluntarios RA c/ EN – ley 25054 y 25848 (art. 11) s/proceso de conocimiento”.

Que se amplían los créditos vigentes de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD, a fin de atender el pago del Fondo Nacional de Incentivo Docente (FONID) y el pago del servicio de policía adicional que presta la citada Fuerza de Seguridad.

Que el incremento citado en el considerando precedente se financia con una reducción de los presupuestos del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA y de la SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL.

Que por la Resolución N° 546-E del 29 de junio de 2018 del MINISTERIO DE SEGURIDAD se incrementó el haber mensual del personal de la GENDARMERÍA NACIONAL, actuante en el ámbito del citado Ministerio.

Que por efecto de la citada medida se recomponen en forma directa los haberes de los jubilados, retirados y pensionados de la citada fuerza de seguridad.

Que resulta necesario reforzar el presupuesto destinado a la atención de las jubilaciones, retiros y pensiones de la GENDARMERÍA NACIONAL.

Que dichas erogaciones se financian con mayores ingresos por aportes y contribuciones de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, a los previstos en el presupuesto.

Que por otra parte es menester efectuar una readecuación de los rubros de recursos del ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO y del ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA ambos organismos dependientes del MINISTERIO DE DEFENSA.

Que asimismo se debe reforzar los presupuestos del ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO, del ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA y del ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA, dependientes del MINISTERIO DE DEFENSA, a los fines de financiar el Operativo Integración Norte.

Que en virtud de la transferencia de agentes de planta permanente del MINISTERIO DE HACIENDA a la órbita del actual MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO dispuestas por las Decisiones Administrativas Nros. 1160 del 5 de junio de 2018 y 1400 del 26 de julio de 2018, es menester modificar por compensación el presupuesto vigente de los mencionados Ministerios.

Que es menester incrementar el presupuesto vigente del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS, organismo desconcentrado en la órbita del MINISTERIO DE HACIENDA, con el fin de realizar encuestas de turismo internacional y ocupación hotelera.

Que el refuerzo citado en el considerando precedente se financia con una disminución del presupuesto vigente de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TURISMO de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que resulta necesaria la incorporación de recursos remanentes de donaciones del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO a fin de atender el “Proyecto de Reducción de Hidroclorofluorocarbonos (HCFC) bajo el Protocolo de Montreal”, Donación BIRF OTF 14.897.

Que el MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO propicia incrementar por compensación los créditos asignados a los gastos en personal, sin alterar el total del crédito asignado al Ministerio.

Que la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA, dependiente del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO propicia incrementar créditos y recursos originados en una mayor recaudación del Fondo Nacional Pesquero, cuyo fin será atender transferencias en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 24.922 y sus modificaciones.

Que asimismo el INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO, refuerza su presupuesto vigente mediante el incremento de recursos mencionado en el considerando precedente.

Que el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), incrementa su presupuesto destinado a gastos en personal para atender, por única vez, un incremento en sus unidades retributivas.

Que el incremento mencionado en el considerando anterior se financia con una reducción de créditos de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA, dependiente del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO.

Que se incrementa el presupuesto vigente de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TURISMO de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN mediante una transferencia de créditos de la SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA, en el marco del Proyecto de Turismo Social para Niños, Niñas, Adolescentes y Adultos Mayores en las Unidades Turísticas de Embalse y Chapadmalal.

Que el MINISTERIO DE TRANSPORTE propicia incrementar créditos y recursos provenientes de transferencias internas para financiar diversas obras de infraestructura ferroviaria.

Que es menester reforzar el presupuesto del MINISTERIO DE TRANSPORTE en lo concerniente a las Transferencias al Fondo Fiduciario del Transporte y a las empresas privadas en función de la venta de combustible a precio diferencial.

Que es menester autorizar, conforme lo establecido por el artículo 11 de la Ley N° 27.431 la contratación de la obra con incidencia en ejercicios futuros, “Sistema Cristo Redentor: Ruta Segura - Ruta Nacional N° 7 Tramo: Aguas de Pizarro - Potrerillos” de la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Que se refuerza por compensación el crédito de la obra citada en el considerando precedente para comenzar a afrontar los compromisos financieros del ejercicio en curso.

Que se incrementa el presupuesto vigente de fuentes propias de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE, con el objetivo de atender primordialmente mayores gastos en personal.

Que es menester modificar el presupuesto vigente del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE, para afrontar gastos en personal.

Que la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE, incrementa su presupuesto vigente derivado de una mayor recaudación, la cual se aplicará principalmente a atender mayores gastos corrientes y de capital.

Que la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA, dependiente del MINISTERIO DE HACIENDA propicia incrementar las transferencias a la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico S.A. (CAMMESA), con el fin de atender los costos derivados del subsidio a la energía eléctrica.

Que resulta necesario incrementar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA con el fin de financiar el proyecto “La Escuela se Planta Frente al Cambio Climático”.

Que el incremento citado en el considerando precedente se financia con una reducción del Presupuesto de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, dependiente de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que es necesario ajustar el Presupuesto vigente del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS (CONICET), para atender el gasto de los estipendios de los becarios de investigación y los acuerdos paritarios aprobados para el presente ejercicio.

Que el incremento mencionado en el considerando anterior se financia con una reducción de los créditos del presupuesto del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA y de la COMISIÓN NACIONAL DE ACTIVIDADES ESPACIALES (CONAE).

Que asimismo se incrementan los créditos y recursos con financiamiento externo de la COMISIÓN NACIONAL DE ACTIVIDADES ESPACIALES (CONAE), para otorgar anticipos financieros a la Empresa INVAP S.E.

Que en el MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA se propone compensar créditos dentro de la jurisdicción a fin de incorporar aportes provenientes de la Donación de la Organización de Estados Iberoamericanos (OEI).

Que a fin de atender la adquisición de implantes subdérmicos en el marco del Plan Nacional de Prevención y Reducción del Embarazo no Intencional en la Adolescencia, se refuerza el presupuesto vigente del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL.

Que el refuerzo citado en el considerando precedente se financia con una reducción de los créditos vigentes de la SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA.

Que se aumenta el presupuesto vigente de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT) y de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, financiándose con el incremento del cálculo de recursos propios.

Que es preciso adecuar los créditos de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, con el objeto de incorporar los saldos remanentes correspondientes a las donaciones de la JAPAN INTERNATIONAL COOPERATION AGENCY (JICA).

Que asimismo se requiere ajustar su presupuesto, disminuyendo gastos corrientes a favor de gastos de capital financiados a través de transferencias externas.

Que conforme lo establecido por el artículo 7º de la Decisión Administrativa N° 298 del 9 de marzo de 2018 se transfiere el Registro Nacional de Barrios Populares en Proceso de Integración Urbana (RENABAP), de la órbita de la AGENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO (AABE), organismo descentralizado actuante en la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, al ámbito de la SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIO URBANA del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL.

Que en virtud del considerando precedente la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO (AABE), cede créditos incrementando el presupuesto vigente del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, destinado a afrontar erogaciones emergentes del Registro Nacional de Barrios Populares en Proceso de Integración Urbana (RENABAP).

Que se adecuan los créditos presupuestarios incluidos en la órbita de la Jurisdicción 91 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO en el marco de lo dispuesto en el artículo 1° del Acta Convenio celebrada entre el ESTADO NACIONAL y la Provincia de SAN JUAN ratificada por el Decreto Nº 2.131 del 23 de diciembre de 2009.

Que, asimismo, se incrementan las transferencias corrientes de la citada Jurisdicción con destino a la Empresa OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (OFSE), a la Empresa INTEGRACIÓN ENERGÉTICA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, a la Empresa RADIO Y TELEVISIÓN ARGENTINA SOCIEDAD DEL ESTADO (RTA) y a la FÁBRICA ARGENTINA de AVIONES “BRIGADIER SAN MARTÍN” SOCIEDAD ANÓNIMA (FAdeA).

Que se propicia atender el Aporte Anual a la Corporación Andina de Fomento (CAF) dispuesto por la Ley Nº 27.370.

Que se incrementan las Transferencias a la Provincia de LA RIOJA a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 110 de la Ley N° 27.431 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018.

Que el Servicio Jurídico competente del MINISTERIO DE HACIENDA ha tomado intervención.

Que la presente medida se dicta en virtud de las disposiciones establecidas en el artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificatorias, y en los artículos 8°, 9° y 11 de la Ley Nº 27.431 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018, conforme con el detalle obrante en las Planillas Anexas (IF-2018-42550484-APN-SSP#MHA) al presente artículo.

ARTÍCULO 2°.- Incorpórase, de conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus modificaciones, a la Planilla Anexa A del artículo 11 de la Ley N° 27.431 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018, la contratación de obras con incidencia en ejercicios futuros, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas Anexas (IF-2018-42550150-APN-SSP#MHA) al presente artículo.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Nicolas Dujovne

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 10/09/2018 N° 66733/18 v. 10/09/2018

Fecha de publicación 10/09/2018