ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS - ADUANA DE NEUQUÉN
Se hace saber al abajo mencionado que se ha ordenado notificarle la Resolución Nº 217/2018 (AD NEUQ) por la cual se lo CONDENA por la infracción prevista y penada en el art. 947 del Código Aduanero, haciéndole saber que dentro de los quince (15) días hábiles de notificado, deberá abonar la multa y los tributos abajo detallados, caso contrario quedará automáticamente constituido en mora, procediéndose de conformidad a lo normado en los art. 1122, ss y concordantes del Código Aduanero, más los intereses correspondientes conforme lo previsto en el art. 794 del mismo cuerpo legal.
Se notifica al interesado que dentro del plazo antes indicado, tiene derecho a interponer contra la misma recurso de apelación o demanda contenciosa, previstos por el art. 1132 y 1133 del Código Aduanero, en su defecto, la presente resolución se tendrá por firme y pasará en autoridad de cosa juzgada (art. 1139 C.A.).
Asimismo, se hace saber al nombrado que se decretó el COMISO de la mercadería comprendida bajo Acta Lote Nº 2015-075-000014, debiendo por Sección Sumarios proceder a su destrucción.
Actuación SIGEA | CAUSANTE | MONTO | INFRACCIÓN |
12379-12-2015 | BARRIONUEVO CARLOS MANUEL - D.N.I. Nº 21.573.791 | $ 38.130,05 en concepto de multa. U$S 126,01 en concepto de tributos. | Art. 947 |
Julio Facundo Salto, Empleado Administrativo, Sección Inspección Operativa (AD NEUQ), Administración Federal de Ingresos Públicos.
e. 12/09/2018 N° 67225/18 v. 12/09/2018
Fecha de publicación 12/09/2018