Edición del
26 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO

Resolución 291/2018

RESFC-2018-291-APN-AABE#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 11/09/2018

VISTO el Expediente EX-2018-28048917-APN-DMEYD#AABE, la Ley Nº 27.431, los Decretos Nros. 1.382 de fecha 9 de agosto de 2012, Nº 1.416 de fecha 18 de septiembre de 2013, Nº 2.670 de fecha 1º de diciembre de 2015, el Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional aprobado por Resolución Nº 213 de fecha 19 de julio de 2018 (RESFC-2018-213-APNAABE#JGM), y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramita la presentación del ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA, por la cual solicita la asignación en uso del bien inmueble propiedad del ESTADO NACIONAL, en jurisdicción de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), ubicado en la calle Carlos Pellegrini Nº 847, correspondiente a Subsuelo y Planta Baja, Departamento 22 de la Localidad de CONCORDIA, Departamento homónimo, Provincia de ENTRE RIOS; identificado catastralmente como Departamento 02 – Localidad 01 - Manzana 2443 – Subparcela 0022, con una superficie total aproximada de CIENTO VEINTIDÓS METROS CUADRADOS CON NUEVE DECÍMETROS CUADRADOS (122,09 m2), CIE 3000014191, individualizado en el croquis que como ANEXO IF-2018-31359760-APN-DIYRI#AABE forma parte integrante de la presente medida.

Que la solicitud referida tiene por objeto destinar el inmueble referido a Delegación del ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA.

Que de acuerdo a los relevamientos e informes técnicos realizados por esta Agencia con el objetivo de verificar las condiciones de ocupación del inmueble, se observó que se encuentra vacío y sin uso.

Que por el artículo 1º del Decreto Nº 1.382/12, modificado por Ley Nº 27.431, se creó la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, como organismo descentralizado en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, estableciéndose que será el órgano rector, centralizador de toda la actividad de administración de bienes muebles e inmuebles del ESTADO NACIONAL, ejerciendo en forma exclusiva la administración de los bienes inmuebles del ESTADO NACIONAL, cuando no corresponda a otros Organismos.

Que el inciso 19 del artículo 8 del Decreto Nº 1.382/12, sustituido por el artículo 4º del Decreto Nº 1.416/13 y el artículo 36 del Anexo del Decreto Nº 2.670/15 reglamentario del citado Decreto Nº 1.382/12, establecen que la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO podrá desafectar aquellos bienes inmuebles propiedad del ESTADO NACIONAL que se encontraren en uso y/o concesionados, cuando de su previa fiscalización resultare la falta de afectación específica, uso indebido, subutilización o estado de innecesariedad, teniendo en consideración las competencias, misiones y funciones de la repartición de origen, como así también, la efectiva utilización y/u ocupación de los mismos.

Que el inciso 20 del artículo 8 del Decreto Nº 1.382/12, conforme la modificación introducida por la mencionada Ley Nº 27.431, determina que la Agencia podrá asignar, y reasignar los bienes inmuebles que integran el patrimonio del ESTADO NACIONAL, los cuales se considerarán concedidos en uso gratuito a la respectiva jurisdicción, la que tendrá su administración y custodia y que tan pronto cese dicho uso deberán volver a la jurisdicción de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO.

Que resulta asimismo aplicable a la Asignación de uso que se propicia, lo previsto en el Capítulo I del Título II de la Parte General del Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional aprobado por Resolución Nº 213 de fecha 19 de julio de 2018 (RESFC-2018-213-APNAABE#JGM).

Que la situación planteada se encuentra enmarcada en el inciso 2) del artículo 37 de la reglamentación aprobada del Decreto Reglamentario Nº 2.670/15.

Que el artículo 39, segundo párrafo, del citado Decreto Nº 2.670/15, establece que cuando la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO constatase, previa fiscalización pertinente conforme Capítulo VII del Decreto, la existencia de inmuebles innecesarios que no hayan sido denunciados por la respectiva jurisdicción o entidad, comunicará tal circunstancia al organismo de origen, el cual contará con un plazo de CINCO (5) días para efectuar su descargo.

Que por Nota NO-2017-08333377-ANSES-DPYAA#ANSES de fecha 9 de mayo del 2017, la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) comunicó a esta Agencia, el propósito de desafectar de su jurisdicción determinados inmuebles en desuso, entre los cuales se encuentra el bien objeto de la presente.

Que en consecuencia resulta procedente desafectar el bien inmueble en trato y asignarlo en uso al MINISTERIO DE DEFENSA - ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA.

Que la presente se enmarca en la decisión del PODER EJECUTIVO NACIONAL de regularizar la situación de ocupación de los bienes inmuebles del ESTADO NACIONAL que permita un mejor aprovechamiento y utilización.

Que el artículo 5º del Decreto Nº 1.416/13 establece que todas las transferencias o asignaciones de uso de inmuebles de propiedad del ESTADO NACIONAL deberán ser comunicadas en un plazo de CINCO (5) días hábiles contados a partir del dictado de la resolución que así lo disponga, a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, dependiente del MINISTERIO DE HACIENDA, para su correspondiente registro.

Que el Servicio Jurídico Permanente de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes de los Decretos Nros. 1.382/12, 1.416/13, 2.670/15 y del Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional.

Por ello,

EL PRESIDENTE Y EL VICEPRESIDENTE DE LA AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO

RESUELVEN:

ARTÍCULO 1º.- Desaféctase de la jurisdicción de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) el bien inmueble ubicado en la calle Carlos Pellegrini Nº 847, correspondiente a Subsuelo y Planta Baja, Departamento 22 de la Localidad de CONCORDIA, Departamento homónimo, Provincia de ENTRE RIOS; identificado catastralmente como Departamento 02 – Localidad 01 - Manzana 2443 – Subparcela 0022, con una superficie total aproximada de CIENTO VEINTIDÓS METROS CUADRADOS CON NUEVE DECÍMETROS CUADRADOS (122,09 m2), CIE 3000014191, individualizado en el croquis que como ANEXO IF-2018-31359760-APN-DIYRI#AABE forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2º.- Asígnase en uso al MINISTERIO DE DEFENSA - ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA, el inmueble mencionado en el Artículo 1º, a fin de ser destinado a la Delegación del ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA.

ARTÍCULO 3º.- Regístrese en el REGISTRO NACIONAL DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO.

ARTÍCULO 4º.- Notifíquese a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), al MINISTERIO DE DEFENSA y al ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA.

ARTÍCULO 5º.- Dése cuenta a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, dependiente del MINISTERIO DE HACIENDA.

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Ramon Maria Lanus - Pedro Villanueva

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 21/09/2018 N° 70054/18 v. 21/09/2018

Fecha de publicación 21/09/2018