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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE HACIENDA SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA

Disposición 22/2018

DI-2018-22-APN-SSEE#MHA

Ciudad de Buenos Aires, 20/09/2018

VISTO el Expediente N° EX-2017-11034074-APN-DDYME#MEM, y

CONSIDERANDO:

Que la firma LAS CATITAS HIVE MENDOZA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (LAS CATITAS HIVE MENDOZA S.R.L.) solicitó su habilitación como Agente Generador del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) para su Parque Solar Las Catitas Hive Mendoza de TREINTA MEGAVATIOS (30 MW) de potencia nominal, instalado en el Departamento Santa Rosa, Provincia de MENDOZA, conectándose al SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXIÓN (SADI) mediante la apertura de la Línea de Media Tensión de SESENTA Y SEIS KILOVOLTIOS (66 kV) Las Catitas-Pórtico, jurisdicción de la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DEL ESTE SOCIEDAD ANÓNIMA (EDESTE S.A.).

Que mediante la Nota N° B-125062-1 del 5 de marzo de 2018, la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) informó que la firma LAS CATITAS HIVE MENDOZA S.R.L. cumplió los requisitos exigidos en los puntos 5.1 y 5.2 del Anexo 17 de Los Procedimientos para su ingreso y administración del MEM.

Que mediante la Resolución Nº 412 del 18 de octubre de 2017, la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial del Gobierno de la Provincia de MENDOZA, resolvió aprobar el Estudio de Impacto Ambiental del Parque Solar Las Catitas Hive Mendoza.

Que LAS CATITAS HIVE MENDOZA S.R.L. cumplió con las exigencias de la normativa vigente en cuanto al aporte de documentación societaria y comercial.

Que la solicitud de ingreso al MEM del Parque Solar Las Catitas Hive Mendoza se publicó en el Boletín Oficial Nº 33.865 del 8 de mayo de 2018, sin haberse recibido objeciones que impidan el dictado de la presente.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA de esta Subsecretaría ha tomado la intervención de su competencia.

Que por el artículo 11 de la Resolución N° 6 del 25 de enero de 2016 del ex MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA se delegaron en la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del citado ex Ministerio las facultades que fueran asignadas a la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, según los artículos 35, 36 y 37 de la Ley N° 24.065.

Que por el Decreto N° 174 del 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría.

Que por el artículo 1° de la Resolución N° 64 del 6 de marzo de 2018 del ex MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA y su modificatoria quedaron a cargo de esta Subsecretaría, entre otras, las facultades referidas por el citado artículo 11 de la Resolución N° 6/2016.

Que por el Decreto N° 801 del 5 de septiembre de 2018 se adecuó la organización institucional de la Administración Pública Nacional, asignándose la competencia en materia de energía al MINISTERIO DE HACIENDA.

Que el artículo 1° del Decreto N° 802 del 5 de septiembre de 2018 establece que se mantendrán vigentes por el plazo de SESENTA (60) días los objetivos de las Secretarías y Subsecretarías aprobados por el Decreto N° 174/2018 y sus modificatorios.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 35 y 36 de la Ley N° 24.065, el Decreto N° 174/18, el artículo 1° del Decreto N° 802/18 y por el artículo 1° de la Resolución N° 64/2018 del ex MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA y su modificatoria.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE ENERGÍA ELÉCTRICA

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Autorízase el ingreso como Agente Generador del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) a la firma LAS CATITAS HIVE MENDOZA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (LAS CATITAS HIVE MENDOZA S.R.L.) para su Parque Solar Las Catitas Hive Mendoza de TREINTA MEGAVATIOS (30 MW) de potencia nominal, instalado en el Departamento Santa Rosa, Provincia de MENDOZA, conectándose al SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXIÓN (SADI) mediante la apertura de la Línea de Media Tensión de SESENTA Y SEIS KILOVOLTIOS (66 kV) Las Catitas-Pórtico, jurisdicción de la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DEL ESTE SOCIEDAD ANÓNIMA (EDESTE S.A.).

ARTÍCULO 2º.- Instrúyase a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) a efectos que los sobrecostos que se ocasionen a los demás Agentes del MEM y las penalidades que deban abonar los prestadores de la Función Técnica del Transporte (FTT) derivados de eventuales indisponibilidades con motivo del ingreso que este acto autoriza, sean cargadas a la firma LAS CATITAS HIVE MENDOZA S.R.L., titular del Parque Solar Las Catitas Hive Mendoza, en su vínculo de interconexión con el SADI. A este efecto se faculta a CAMMESA a efectuar los correspondientes cargos dentro del Período Estacional en que dichos sobrecostos o penalidades se produzcan.

ARTÍCULO 3º- Notifíquese a LAS CATITAS HIVE MENDOZA S.R.L., a CAMMESA, a EDESTE S.A. y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de este Ministerio.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Juan Alberto Luchilo

e. 21/09/2018 N° 70595/18 v. 21/09/2018

Fecha de publicación 21/09/2018