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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO SECRETARÍA DE SIMPLIFICACIÓN PRODUCTIVA

Resolución 1/2018

RESOL-2018-1-APN-SSP#MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 20/09/2018

VISTO el Expediente N° EX-2018-26567439- -APN-DGD#MP, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría estableciendo entre los objetivos de la SECRETARÍA DE SIMPLIFICACIÓN PRODUCTIVA del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, el de promover la aplicación de Buenas Prácticas en Materia de Simplificación, en los términos del Decreto N° 891 de fecha 1 de noviembre de 2017, y de estándares internacionales en materia de simplificación y desburocratización de los trámites relacionados con el sector productivo, a fin de maximizar el crecimiento económico y facilitar la competitividad y desarrollo productivo del país, y el de entender en la elaboración, propuesta, definición y ejecución de políticas públicas y estudios dirigidos a simplificar el sistema económico productivo de la Nación, en coordinación con los organismos competentes en la materia.

Que mediante la Decisión Administrativa Nº 313 de fecha 13 de marzo de 2018 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, estableciendo que la responsabilidad primaria de la Dirección Nacional de Políticas Regulatorias, dependiente de la SECRETARÍA DE SIMPLIFICACIÓN PRODUCTIVA del actual MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, es la de elaborar el diseño y la implementación de políticas regulatorias y buenas prácticas en materia de simplificación administrativa, impulsando políticas regulatorias para el Sector Productivo.

Que por el Artículo 1° de la Resolución Nº 229 de fecha 29 de mayo de 2018 del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, se estableció que las unidades organizativas dependientes del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y sus organismos descentralizados y desconcentrados, deberán remitir a la SECRETARÍA DE SIMPLIFICACIÓN PRODUCTIVA, o a quien ésta designe, una comunicación fehaciente a los fines de que emita opinión, en el ámbito de su competencia, respecto de los proyectos de normas regulatorias de alcance general que generen o impliquen cargas y/o costos a los administrados.

Que, por el Artículo 2° de la citada resolución, se estableció que la SECRETARÍA DE SIMPLIFICACIÓN PRODUCTIVA, o quien ésta designe, deberá emitir la opinión referida en el considerando inmediato anterior en un plazo no mayor a DIEZ (10) días hábiles contados desde la fecha de recepción de la mencionada comunicación, pudiendo proseguir con el trámite del proyecto en los casos en que no se expida en el plazo previsto. La comunicación fehaciente mencionada en el Artículo 1° de dicha medida, y su eventual respuesta, deberán encontrarse vinculadas a los respectivos expedientes, en forma previa a la solicitud de intervención del servicio jurídico de este Ministerio.

Que, en tal sentido, resulta procedente dictar la normativa complementaria necesaria, a los fines de llevar a cabo las acciones mencionadas.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 174/18 y sus modificatorios, y la Resolución N° 229/18 del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

Por ello,

EL SECRETARIO DE SIMPLIFICACIÓN PRODUCTIVA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Delégase en la Dirección Nacional de Políticas Regulatorias de la SECRETARÍA DE SIMPLIFICACIÓN PRODUCTIVA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, las facultades para emitir la opinión dispuesta por la Resolución Nº 229 de fecha 29 de mayo de 2018 del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, respecto de los proyectos de normas regulatorias de alcance general que generen o impliquen cargas y/o costos a los administrados.

ARTÍCULO 2°.- Apruébase el formulario “Buenas Prácticas de Simplificación” que como Anexo, IF-2018-33265891-APN-DNPR#MP, forma parte integrante de la presente resolución.

Las unidades organizativas del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO y sus organismos descentralizados y desconcentrados deberán completar la totalidad de los campos establecidos en el citado formulario, referenciado en el módulo Gestión Electrónica de Documentos Oficiales (GEDO) con el acrónimo (FOABP) y acompañar la información de respaldo de los distintos campos que considere necesaria.

ARTÍCULO 3°.- Las unidades organizativas alcanzadas por la Resolución Nº 229/18 del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN que emitan normas regulatorias de alcance general que generen o impliquen cargas y/o costos a los administrados, deberán incluir en la comunicación fehaciente, el formulario aprobado por el Artículo 2° de la presente medida adjuntando el proyecto de propuesta normativa.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Pedro Juan Inchauspe

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 24/09/2018 N° 70510/18 v. 24/09/2018

Fecha de publicación 24/09/2018