Edición del
26 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

Resolución 396/2018

RESOL-2018-396-APN-D#ARN

Ciudad de Buenos Aires, 20/09/2018

VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804 y su Decreto Reglamentario N° 1390/98; la Norma AR 8.11.3: “Permisos Individuales para Especialistas y Técnicos en Física de la Radioterapia”; la solicitud de Renovación de Permiso Individual del INGENIERO Roberto Daniel ARRIAS CAMPS correspondiente al Listado 881, Aplicaciones Médicas, tratado por el CAAR en su Reunión N° 7/17; lo actuado por la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS; lo recomendado por el CONSEJO ASESOR EN APLICACIONES DE RADIOISÓTOPOS Y RADIACIONES IONIZANTES, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido en el Artículo 9°, Inciso a) de la Ley N° 24.804, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la República Argentina, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la Licencia, Permiso o Autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio. Asimismo, la referida Ley en su Artículo 16, Inciso c) establece que es facultad de la ARN otorgar, suspender y revocar Licencias, Permisos o Autorizaciones para los usuarios de material radiactivo.

Que el Criterio 30 a. de la Norma AR 8.11.3: “Permisos Individuales para Especialistas y Técnicos en Física de la Radioterapia”, establece que para la Renovación del Permiso Individual de especialista en física de la radioterapia, el solicitante debe: “Acreditar que durante un período mínimo de tres años dentro del período de vigencia del Permiso, se ha desempeñado efectivamente en la práctica indicada en el mismo.”

Que el INGENIERO Roberto Daniel ARRIAS CAMPS, ha presentado para la Renovación de su Permiso, una constancia de desempeño del Centro de Radioterapia del Oeste, correspondiente al período 2014-2016.

Que el CONSEJO ASESOR EN APLICACIONES DE RADIOISÓTOPOS Y RADIACIONES IONIZANTES (CAAR), en su Reunión N° 7/17 –Listado 881, Aplicaciones Médicas–, recomendó no dar curso a la Renovación del Permiso Individual “hasta tanto no presente lo pedido anteriormente y un certificado de asistencia para dar completitud al CV, información sobre su dosimetría personal e indicación detallada sobre su asistencia y participación en el Centro de Radioterapia del Oeste de Trenque Lauquen”.

Que el INGENIERO Roberto Daniel ARRIAS CAMPS envió con posterioridad, una nueva constancia de desempeño del Centro Tridimensional del Oeste S.A. describiendo las tareas que realiza e informando la carga horaria, adjuntando los informes dosimétricos refrendados por el Especialista en Física de la Radioterapia de la instalación.

Que el CONSEJO ASESOR EN APLICACIONES DE RADIOISÓTOPOS Y RADIACIONES IONIZANTES (CAAR), en su Reunión N° 4/18, consideró que existen evidencias de desempeño en la Especialidad Física de la Radioterapia y que es aceptable el período de desempeño, aunque no consta una dedicación mínima de tres años durante el período de vigencia de su último Permiso, recomendando solicitar un certificado con intervalos de fechas explícitos firmado por el representante legal, para proceder a la renovación del Permiso.

Que conforme lo informado por el Responsable del Sector Facturación de esta ARN, el solicitante posee deuda en concepto de tasa regulatoria.

Que el Artículo 26 de la Ley N° 24.804 establece como obligación para los usuarios del material radiactivo el pago anual de una tasa regulatoria.

Que el otorgamiento de un Permiso Individual a un usuario de material radiactivo que no da cumplimiento al requisito exigido por el Artículo 26 citado ut supra, conlleva una excepción a lo dispuesto en la normativa vigente, que esta ARN debe fundar en razones de oportunidad, mérito y/o conveniencia en cada caso en particular.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA) solicitó que, con carácter de excepción, se autorice la prosecución del trámite de Renovación del INGENIERO Roberto Daniel ARRIAS CAMPS.

Que el solicitante se desempeña en la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA-HOSPITAL DE CLÍNICAS JOSÉ DE SAN MARTIN, razón que motiva la autorización para la continuidad del trámite, permitiendo que el pago de la tasa regulatoria sea efectuado con posterioridad a la emisión del Permiso Individual.

Que, conforme las opiniones vertidas por la ACTIVIDAD LICENCIAMIENTO DE PERSONAL DE INSTALACIONES CLASE II Y III, la documentación obrante en el Expediente 03995-IN, Actuación 03/2016, permite acreditar el desempeño del INGENIERO Roberto Daniel ARRIAS CAMPS como Especialista en Física de la Radioterapia, por un período de 2 (DOS) años y medio, considerando aceptable dicho período para la continuidad del trámite de Renovación del Permiso Individual con carácter de excepción a lo establecido en el Criterio 30 a. de la Norma A.R 8.11.3.

Que la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS ha prestado conformidad para la continuidad del trámite de Renovación del Permiso Individual y ha verificado que se haya dado cumplimiento a los procedimientos regulatorios previstos para la tramitación de la solicitud mencionada.

Que las GERENCIAS ASUNTOS JURÍDICOS y ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS de esta ARN han tomado en el trámite la intervención correspondiente.

Que el DIRECTORIO de la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente para el dictado de la presente Resolución, conforme se establece en los Artículos 16, Inciso c) y 22 de la Ley N° 24.804.

Por ello, en su reunión de fecha 19 de septiembre de 2018 (Acta N° 34),

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

RESOLVIÓ:

ARTÍCULO 1°.- Otorgar, con carácter de excepción a lo establecido en el Artículo 26 de la Ley 24.804 y en el Criterio 30 a. de la Norma AR 8.11.3, la Renovación del Permiso Individual para Especialista en Física de la Radioterapia del INGENIERO Roberto Daniel ARRIAS CAMPS correspondiente a la Reunión del CAAR N° 7/17 -Listado 881, Aplicaciones Médicas-.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL y al INGENIERO Roberto Daniel ARRIAS CAMPS a través de la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA FÍSICA Y SALVAGUARDIAS. Dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA y archívese. Ana Maria Larcher

e. 24/09/2018 N° 70639/18 v. 24/09/2018

Fecha de publicación 24/09/2018