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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 189/2018

Resolución ENRE N° 189/2018

ACTA N° 1533

Expediente ENRE N° 46.750/2016

Buenos Aires, 06 DE JULIO DE 2018

El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dar a publicidad el pedido de Acceso a la Capacidad de Transporte Existente de la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSBA S.A.) a requerimiento de ENERGÉTICA ARGENTINA S.A. para su Parque Eólico “ENERGÉTICA I” el cual contará con una potencia instalada de CIEN MEGAVATIOS (100 MW) de generación eólica, compuesta por TREINTA Y UN (31) aerogeneradores de 3,2 MW cada uno y la solicitud de emisión del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la obra de ampliación de la capacidad de transporte existente, consistente en la construcción de la Estación Transformadora ENERGÉTICA 132/33 KV 110/100/15 MVA que vinculará el parque eólico al SADI mediante el seccionamiento de la LAT 132 KV Bahía Blanca–Pigué a aproximadamente CUARENTA Y OCHO (48) kilómetros de la Ciudad de BAHÍA BLANCA, en las cercanías de la Localidad de TORNQUIST, Provincia de BUENOS AIRES. 2.- Solicitar a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) la publicación de un AVISO, así como publicar el mismo en la página de Internet del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) por el plazo de CINCO (5) días, en el que deberá consignarse que se otorgan DIEZ (10) días hábiles administrativos a partir de la última publicación a fin que quien lo considere procedente, pueda presentar un proyecto alternativo de acceso que produzca una optimización del funcionamiento técnico-económico del SADI o presente observaciones u oposiciones sobre la base de la existencia de perjuicios para el mismo. 3.- Disponer que, en caso de que no hubiera ninguna presentación fundada vencido el plazo señalado, se considerará otorgado el Acceso a la Capacidad de Transporte Existente y emitido el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la obra referida en el artículo 1. 4.- La empresa ENERGÉTICA ARGENTINA S.A. deberá presentar ante CAMMESA las Planillas de Recolección de Datos para el Banco Nacional de Parámetros debidamente completadas a medida que el grado de avance de ejecución del proyecto lo permita. 5.- La empresa ENERGÉTICA ARGENTINA S.A. al momento de la efectiva conexión del PARQUE EÓLICO ENERGÉTICA I al sistema de transporte, deberá haber cumplimentado todos los aspectos técnicos que le haya requerido el Organismo Encargado del Despacho (OED). 6.- Notifíquese a TRANSBA S.A., a ENERGÉTICA ARGENTINA S.A., al ORGANISMO PROVINCIAL PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE (OPDS) de la Provincia de BUENOS AIRES, al ORGANISMO DE CONTROL DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (OCEBA), y a CAMMESA. 7.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Vocal Tercero Dra. Laura Gisela Giumelli - Vocal Segundo Ing. Ricardo Martínez Leone - Vicepresidente Dra. Marta Roscardi - Presidente Ing. Andrés Chambouleyron -.

Claudia Elizabeth Caravelli, Asistente Administrativo, Secretaria del Directorio.

e. 25/09/2018 N° 70958/18 v. 25/09/2018

Fecha de publicación 25/09/2018