Edición del
15 de Mayo de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DVSAPLA 2

Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101).

EDICTO

Por ignorarse domicilio, se cita a las personas que más abajo se mencionan, para que dentro de los 10 (diez) días hábiles comparezcan a presentar su defensa y ofrecer pruebas por las infracciones que se indican, bajo apercibimiento de rebeldía. Deberán constituir domicilio dentro del radio urbano de esta oficina aduanera (Art. 1001 del C.A.) bajo apercibimiento de ley (Art. 1004 del C.A.). Se les hace saber que el pago de la multa mínima y el abandono de las mercadería en trato, producirá la extinción de la acción penal aduanera y la no registración del antecedente (Art. 930/932 del C.A.).- Fdo.: Abog Marcos Mazza-Jefe División Secretaría Nº 2 - Depto Procedimientos Legales Aduaneros.

EXPEDIENTEIMPUTADOINFRACCIÓNMULTADERECHOS
17165-524-2015VARELA SAENZ JUAN ALBERTO
(CI REP COLOMBIA: AQ266874)
977 Acta de Equipaje de Importación Acta Denuncia Nº 240/15$ 60413,90.---------------
17165-574-2016CABRAL SANDRA INES
(PAS: AAA504642 DNI: 17103133)
977 Acta de Equipaje de Importación Acta Denuncia Nº 188/16$ 31837,50.-U$$892,70 y $11896,18

Marcos Marcelo Mazza, Empleado Administrativo, División Secretaría N° 2.

e. 25/09/2018 N° 70839/18 v. 25/09/2018

Fecha de publicación 25/09/2018