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MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TRABAJO Y EMPLEO

Resolución 28/2018

RESOL-2018-28-APN-SGTYE#MPYT - Apruébase modificaciones al Estatuto Social del Sindicato Marítimo de Pescadores (Si.Ma.Pe.).

Ciudad de Buenos Aires, 28/09/2018

VISTO:

El Expediente N° 1-216-276.869/15 del Registro de la DELEGACIÓN REGIONAL MAR DEL PLATA del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 23.551, modificada por Leyes N° 25.674 y N° 26.390; Decretos Reglamentarios N° 467/88 y N° 514/03; y

CONSIDERANDO:

Que el SINDICATO MARÍTIMO DE PESCADORES (SI.MA.PE.), con domicilio en Avenida De Los Pescadores N° 788, Zona Fiscal, Puerto de Mar del Plata, Provincia de BUENOS AIRES, solicita la aprobación de la modificación parcial de su estatuto social.

Que la mencionada asociación sindical obtuvo Personería Gremial, otorgada por Resolución N° 216 de fecha 19 de marzo de 2007 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, que fuera cancelada y luego restituída por Sentencia Definitiva N° 99.962 de fecha 23 de diciembre de 2015, se halla registrada bajo el N° 1702.

Que esta Autoridad de Aplicación ha efectuado el control de legalidad al que hace referencia el Artículo 7 del Decreto N° 467 de fecha 14 de abril de 1988, considerando que la modificación estatutaria efectuada por dicha entidad se ha realizado conforme a las disposiciones de la Ley N° 23.551 y Decreto Reglamentario N° 467/88, no obstante lo cual prevalecerán de pleno derecho las disposiciones de la legislación, decretos y demás normas vigentes aplicables en la materia, sobre las normas estatutarias, en cuanto pudieren oponerse.

Que se deja constancia que la peticionante ha cumplido con las pautas ordenadas por la Ley N° 25.674 y su Decreto Reglamentario N° 514 de fecha 7 de marzo de 2003.

Que la entidad mantendrá el ámbito de actuación personal y territorial de su Personería Gremial, conforme fuera aprobado oportunamente por esta Autoridad de Aplicación.

Que obra dictamen favorable de la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales, aconsejando la aprobación de la modificación realizada al estatuto social de la entidad peticionante y la publicación respectiva en el Boletín Oficial.

Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el Artículo 23, inciso 7°), de la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, y en atención a lo dispuesto por Decreto N° 355/02.

Por ello,

EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE TRABAJO Y EMPLEO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase las modificaciones realizadas al texto del Estatuto Social del SINDICATO MARÍTIMO DE PESCADORES (SI.MA.PE.), con domicilio en Avenida De Los Pescadores N° 788, Zona Fiscal, Puerto de Mar del Plata, Provincia de BUENOS AIRES, obrante a fojas 9/33 del Expediente N° 1-216-282.860/18 agregado a fojas 129 del Expediente N° 1-216-276.869/15 respecto a los Artículos 1°, 61 y 82, de conformidad con las disposiciones de la Ley N° 23.551 y Decreto Reglamentario N° 467/88. Los mencionados Artículos pasarán a formar parte del texto del estatuto que fuera aprobado por Resolución N° 804 de fecha 23 de octubre de 2001 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS.

ARTÍCULO 2º.- Déjase expresa constancia que la presente aprobación tiene alcance meramente estatutario y no podrá ser invocada por la asociación sindical peticionante, como una ampliación de su representatividad vigente en los términos y con los alcances previstos en la Ley 23.551.

ARTÍCULO 3º.- Establécese que dentro del plazo de diez (10) días a partir de la notificación de esta Resolución, la entidad deberá presentar ante la Autoridad de Aplicación el estatuto en la forma sintetizada que establece la Resolución N° 12 de fecha 10 de octubre de 2001 de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS, bajo apercibimiento de no dar curso a petición alguna que efectúe la entidad, sin perjuicio de aplicar las sanciones legales pertinentes.

ARTÍCULO 4º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Alberto Jorge Triaca

e. 02/10/2018 N° 72895/18 v. 02/10/2018

Fecha de publicación 02/10/2018