BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación “A” 6556/2018
30/08/2018
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Ref.: Circular REMON 1 - 952. Efectivo mínimo. Adecuaciones.
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la resolución que, en su parte pertinente, dispone:
“- Incrementar, con vigencia desde el 1.9.18, para las entidades financieras comprendidas en el Grupo “A” a que se refiere la Sección 4. de las normas sobre “Autoridades de entidades financieras”, en 5 puntos porcentuales las tasas de exigencia de efectivo mínimo en pesos previstas por los puntos 1.3.1., 1.3.2.1., 1.3.3.1., 1.3.4.1. y 1.3.5., los acápites i) y ii) del punto 1.3.7.1., los acápites i) y ii) del apartado a) del punto 1.3.9. y los puntos 1.3.11.1. y 1.3.13. de las normas sobre “Efectivo mínimo”.
Este incremento de la exigencia de efectivo mínimo no podrá ser integrado con bonos del Gobierno Nacional en pesos a tasa fija con vencimiento en 2020. Sin embargo, se podrá integrar tanto con pesos como con letras de liquidez bancaria (Leliq) y/o notas del BCRA (Nobac), valuadas a precios de mercado.”
Asimismo, les informamos que posteriormente les haremos llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponderá incorporar en las normas de la referencia.
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas - Agustín Torcassi - Subgerente General de Normas.
e. 04/10/2018 N° 73666/18 v. 04/10/2018
Fecha de publicación 04/10/2018