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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA SECRETARÍA DE CULTURA Y CREATIVIDAD

Resolución 18/2018

RESOL-2018-18-APN-SECCYC#MECCYT

Ciudad de Buenos Aires, 03/10/2018

VISTO el Expediente N° 2018-03043128- -APN-DMED#MC del Registro del entonces MINISTERIO DE CULTURA, y la Resolución MC N° 138 - E/2018 y,

CONSIDERANDO:

Que a través de la Resolución citada en el visto, se aprobó la convocatoria al “FONDO ARGENTINO DE DESARROLLO CULTURAL Y CREATIVO 2018”, línea movilidad, y su reglamento de bases y condiciones (IF-2018-03095927-APN-DNEC#MC).

Que la mencionada convocatoria se instrumentó en dos llamados, para realizar viajes en dos períodos distintos.

Que los traslados correspondientes al segundo llamado, deben concretarse entre el 1° de noviembre de 2018 y el 28 de febrero de 2019.

Que, a los efectos de seleccionar a los beneficiarios, se ha reunido el jurado conformado en los términos del reglamento del certamen.

Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 2º de la Resolución MC N° 138 - E/2018, la SECRETARÍA DE CULTURA Y CREATIVIDAD, es la autoridad de aplicación e interpretación del programa, y encontrándose facultada para designar nominalmente a los integrantes del jurado, respetando las representaciones institucionales establecidas y para aprobar la selección efectuada por el jurado.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE GOBIERNO DE CULTURA dependiente del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA ha tomado intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades otorgadas por la Resolución MC N° 138 - E/2018.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTURA Y CREATIVIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Convalídase la conformación nominal del jurado actuante en el FONDO ARGENTINO DE DESARROLLO CULTURAL Y CREATIVO 2018”, línea movilidad, segundo llamado, integrado por los miembros que rubrican el acta que integra la presente medida (IF-2018-46671489-APN-DIRNEC#MECCYT).

ARTÍCULO 2°.- Apruébase la nómina de beneficiarios seleccionada por el jurado del certamen, de acuerdo con el detalle consignado en el acta citada en el artículo precedente.

ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, y cumplido, archívese. Andrés Gribnicow

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 05/10/2018 N° 74309/18 v. 05/10/2018

Fecha de publicación 05/10/2018