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CONTRATOS

Decreto 901/2018

DECTO-2018-901-APN-PTE - Apruébase Modelo de Contrato de Préstamo.

Ciudad de Buenos Aires, 09/10/2018

VISTO el Expediente N° EX-2018-27449861-APN-DGDYD#MF y el Modelo de Contrato de Préstamo propuesto para ser suscripto entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el FONDO FINANCIERO PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA (FONPLATA), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo, el FONDO FINANCIERO PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA (FONPLATA) se compromete a asistir financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA a fin de cooperar en la ejecución del “Proyecto Digitalización del Acervo de la Biblioteca Nacional Mariano Moreno (BNMM)”, por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES SIETE MILLONES (U$S 7.000.000).

Que el objetivo general del proyecto es fortalecer el acceso digital de las colecciones bibliográficas que constituyen el acervo de la BIBLIOTECA NACIONAL MARIANO MORENO (BNMM).

Que el referido Programa se estructura en TRES (3) componentes: (i) Equipamiento tecnológico para la digitalización de documentos y piezas audiovisuales y sonoras; (ii) Preservación y almacenamiento de archivos digitales; y (iii) Administración y Evaluación.

Que la ejecución del programa y la utilización de los recursos del financiamiento serán llevadas a cabo por la BIBLIOTECA NACIONAL MARIANO MORENO (BNMM), organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA.

Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del MINISTERIO DE HACIENDA, suscriba el Contrato de Préstamo, así como toda otra documentación relacionada con la operatoria del citado préstamo.

Que en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de Hacienda para que, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo y acuerde las modificaciones que sean convenientes para la ejecución del “Proyecto Digitalización del Acervo de la Biblioteca Nacional Mariano Moreno (BNMM)”, siempre y cuando no constituyan cambios sustanciales al objeto y destino de los fondos, ni deriven en un incremento de su monto o una alteración en el procedimiento arbitral pactado.

Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de Préstamo propuesto para ser suscripto son los usuales que se pactan en este tipo de contratos y resultan adecuados a los propósitos y objetivos para los que será destinado el mencionado préstamo.

Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico competente de la Jurisdicción de origen.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y en el artículo 53 de la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (T.O. 2014).

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el FONDO FINANCIERO PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA (FONPLATA), por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES SIETE MILLONES (U$S 7.000.000), destinado a financiar el “Proyecto Digitalización del Acervo de la Biblioteca Nacional Mariano Moreno (BNMM)”, que consta de las Estipulaciones Especiales integradas por SIETE (7) Capítulos, de las Normas Generales integradas por ONCE (11) Capítulos y UN (1) Anexo Único, que como ANEXO I (IF-2018-47608405-APN-SSRFI#MHA) integra la presente medida. Asimismo, se adjunta como ANEXO II (IF-2018-47608147-APN-SSRFI#MHA) la “Política para la Adquisición de Bienes, Obras y Servicios en Operaciones Financiadas por FONPLATA”.

ARTÍCULO 2º.- Facúltase al señor Ministro de Hacienda, o al funcionario o funcionarios que éste designe, a suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo y su documentación adicional, conforme al Modelo que se aprueba por el artículo 1º del presente decreto.

ARTÍCULO 3º.- Facúltase al señor Ministro de Hacienda, o al funcionario o funcionarios que éste designe, a convenir y suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, modificaciones al Contrato de Préstamo, cuyo Modelo se aprueba por el artículo 1º de la presente medida, siempre que no constituyan cambios sustanciales en el objeto o destino de los fondos, ni deriven en un incremento de su monto o introduzcan modificaciones al procedimiento arbitral pactado.

ARTÍCULO 4º.- Desígnase como “Organismo Ejecutor” del “Proyecto Digitalización del Acervo de la Biblioteca Nacional Mariano Moreno (BNMM)” a la BIBLIOTECA NACIONAL MARIANO MORENO (BNMM), organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, quedando facultado para realizar todas las operaciones y contrataciones necesarias para la ejecución del mencionado Programa, conforme las normas y procedimientos contenidos en el Modelo de Contrato de Préstamo que se aprueba por el artículo 1° de la presente medida.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI - Marcos Peña - Nicolas Dujovne - Alejandro Finocchiaro

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 10/10/2018 N° 76056/18 v. 10/10/2018

Fecha de publicación 10/10/2018